Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2022-5271)
BOP-2022-5271 Convocatoria de Estabilización de Empleo Temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Cáceres, en la sede electrónica municipal y en el Tabón de Anuncios del Ayuntamiento de
Trujillo.
4. Las personas nombradas o contratadas, deberán tomar posesión en el plazo máximo de
TRES DÍAS NATURALES si no implica cambio de residencia de la persona empleada, o de UN
MES si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
5. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión o
contratación deberá computarse desde dicha publicación.
6. El cómputo de los plazos posesorios o de aceptación del contrato se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
7. Efectuada la toma de posesión o la suscripción del contrato, el plazo posesorio o el
equivalente en el caso de la contratación, se considerará como de servicio activo a todos los
efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o
excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el primer año.
8. La ejecución de este proceso selectivo no generará Bolsa de Empleo Temporal, teniendo en
cuenta el carácter excepcional de éste.
VIGÉSIMA. IMPUGNACIONES.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa
podrá interponerse por las personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del
recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, podrá entenderse que ha sido
desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Cáceres en el plazo de seis meses.
2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
la ciudad de Cáceres, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Contra cuantos actos
administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
CVE:
BOP-2022-5271
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
Pág. 22669
Trujillo.
4. Las personas nombradas o contratadas, deberán tomar posesión en el plazo máximo de
TRES DÍAS NATURALES si no implica cambio de residencia de la persona empleada, o de UN
MES si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
5. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión o
contratación deberá computarse desde dicha publicación.
6. El cómputo de los plazos posesorios o de aceptación del contrato se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
7. Efectuada la toma de posesión o la suscripción del contrato, el plazo posesorio o el
equivalente en el caso de la contratación, se considerará como de servicio activo a todos los
efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o
excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el primer año.
8. La ejecución de este proceso selectivo no generará Bolsa de Empleo Temporal, teniendo en
cuenta el carácter excepcional de éste.
VIGÉSIMA. IMPUGNACIONES.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa
podrá interponerse por las personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del
recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, podrá entenderse que ha sido
desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Cáceres en el plazo de seis meses.
2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
la ciudad de Cáceres, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Contra cuantos actos
administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
CVE:
BOP-2022-5271
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
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