Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Granja. (BOP-2022-5253)
BOP-2022-5253 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora del alumbrado exterior para la protección del cielo nocturno de Extremadura.
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Autónoma puede convertirse en un destino único para la observación del cielo nocturno
estrellado.
Si bien la luz artificial ha supuesto un importante catalizador del progreso social y económico
de nuestra región, la contaminación lumínica y el uso irracional de la energía suponen un
impacto negativo sobre el medio ambiente, por lo que se hace imperativo evitarlos, en la
medida de lo posible. En este sentido la eficiencia y el ahorro energético constituyen objetivos
prioritarios para cualquier economía.
Las directrices medioambientales de la Unión Europea consideran que la energía es un factor
determinante para la consecución de un desarrollo sostenible, al objeto de paliar los problemas
originados por las emisiones de gases que producen el efecto invernadero, debido a la
creciente demanda de energía.
Con la finalidad de mejorar la protección del medio ambiente, mediante el aumento de la
eficiencia energética de las instalaciones de alumbrado exterior, y reducir el resplandor
luminoso nocturno, se debe actuar sobre los aparatos (luminarias, proyectores y otros
dispositivos) que emiten la luz y sobre la instalación de alumbrado diseñándola de forma
eficiente a la actividad que se vaya a realizar, iluminando solo donde y cuando es necesario,
con la intensidad y color de luz adecuados y facultando alcanzar los niveles luminosos
necesarios sin superarlos. Todo ello en beneficio de un uso eficiente y racional de la energía
que mejorará la protección del medio ambiente.
Asimismo se debe establecer un régimen de funcionamiento que implique regular
adecuadamente el apagado y encendido de las instalaciones de alumbrado exterior, evitando la
prolongación innecesaria de los períodos de funcionamiento de las mismas, así como implantar
un sistema de regulación del nivel luminoso con disminución del flujo emitido a ciertas horas de
la noche, en las que desciende sustancialmente la intensidad de tráfico, garantizando siempre
la seguridad de los/as ciudadanos/as.
También debe tenerse presente que la finalidad del alumbrado exterior es contribuir a crear un
ambiente visual nocturno agradable a la vida ciudadana, de forma que se alcance una
disminución del riesgo de accidentes y un aumento de la fluidez de la circulación, creando
condiciones confortables para la conducción de vehículos y una visibilidad aceptable para el/a
peatón, su seguridad y la de los edificios y bienes del entorno. Dichas instalaciones además no
pueden desligarse del aspecto urbanístico, social e histórico de la ciudad en que se asientan
sus realizaciones, de ahí que se potencie cada vez más la iluminación ornamental de edificios y
monumentos con la finalidad de realzarlos.
CVE:
BOP-2022-5253
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
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