Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Granja. (BOP-2022-5253)
BOP-2022-5253 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora del alumbrado exterior para la protección del cielo nocturno de Extremadura.
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ha establecido la clasificación de cada tipo de vía y clase de alumbrado, según lo estipulado en
el reglamento de eficiencia energética. En el anexo II se incluye el listado de todas las vías
iluminadas en el término municipal, indicando la clase de alumbrado de aplicación en cada una
de ellas, de acuerdo con el reglamento de eficiencia energética. Los niveles máximos de
iluminación son valores en servicio y no de diseño, y habrán de ser justificados siempre según
lo establecido en el artículo 18 de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 10. RÓTULOS LUMINOSOS Y ALUMBRADO DE SEÑALES Y CARTELES.
1. Durante el horario nocturno establecido en el artículo 17, únicamente permanecerán
encendidos los rótulos luminosos y el alumbrado de señales y carteles, que cumplan una
función informativa de posición y existencia de lugares en los que se presten servicios, siempre
que éstos se encuentren operativos, sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 8 de la presente
ordenanza.
2. El alumbrado de señales y carteles se realizará mediante luminarias que emitan el flujo
luminoso de arriba hacia abajo, de manera que se garantice el cumplimiento del FHSinst
establecido en la presente ordenanza.
3. No se podrán superar los siguientes valores límite de luminancia, en función de la superficie
del cartel o anuncio luminoso y la zona lumínica en que se encuentre:
Zona Luminica Superfiei del cartel Luminancia máxima(cd/m2)
E1 N/a 50
E2 N/A 400
E3 S< 2m 800
E3 2 E3 S>10m 400
E4 S<0,5m2 1000
E4 0,5 E4 2 CVE:
BOP-2022-5253
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
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