Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2022-5187)
BOP-2022-5187 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora del servicio de Ayuda a Domicilio.
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Las resoluciones relativas al servicio de Ayuda a Domicilio se adoptarán mediante decreto de
Alcaldía siendo este notificado por escrito a la persona interesada, a la mayor brevedad
posible. Dicha notificación tendrá lugar en la forma y por cualquiera de los medios que permitan
tener constancia de la recepción por las personas interesadas, de conformidad con lo dispuesto
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
ARTÍCULO 15. RECURSOS.
Las resoluciones que ponen fin al procedimiento de tramitación de las solicitudes para acceder
al servicio de ayuda a domicilio podrán ser recurridas potestativamente en reposición ante el
mismo órgano que los haya dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
El plazo para la interposición del recurso potestativo de reposición, será de un mes contado a
partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución que se recurre si
fuera expresa. Si no lo fuera el plazo será de tres meses que se contarán a partir del día
siguiente a aquel en que se produzca la resolución presunta.
El plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses,
contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución que se
recurre si fuera expresa. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses que se contará, para las
personas solicitantes y otras personas que pudieran estar interesadas, a partir del día siguiente
a aquel en que se produzca la resolución presunta.
DISPOSICIÓN FINAL. ENTRADA EN VIGOR.
Este Reglamento regulador de la prestación del servicio de ayuda a Domicilio de la localidad de
Casatejada entrará en vigor al día siguiente a su publicación integra en el Boletín oficial de la
provincia de Cáceres.
SEGUNDO. Someter dicha Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los/as
interesados/as, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del
Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o
sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o
sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad
de Acuerdo expreso por el Pleno.
Simultáneamente, publicar el texto de la Ordenanza municipal en el portal web del
Ayuntamiento
CVE:
BOP-2022-5187
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de noviembre de 2022
N.º 0214
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