Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2022-5182)
BOP-2022-5182 Reglamento de Fincas Municipales.
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NOVENA.- Las cuestiones surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos
de este reglamento, serán resueltas por el Pleno Corporativo, cuyos acuerdos pondrán fin a la
vía administrativa.
DÉCIMA.- INFRACCIONES.
Se considerarán faltas leves las siguientes: El tener acomodado de forma irregular, entre 1 y 3
cabezas de ganado más, de las que le corresponden y pone en el contrato anual.
Se considerarán faltas graves las siguientes: El tener acomodado de forma irregular, entre 4 y
6 cabezas de ganado más, de las que le corresponden y pone en el contrato anual.
Se considerarán faltas muy graves las siguientes: El tener acomodado de forma irregular, 7 o
más cabezas de ganado, de las que le corresponden y pone en el contrato anual.
DUODÉCIMA.- SANCIONES.
Las faltas leves serán sancionadas de la siguiente manera:
•Una cabeza de ganado de más: 300 €.
•Dos cabezas de ganado de más: 500 €.
•Tres cabezas de ganado de más: 700 €.
Las faltas graves serán sancionadas de la siguiente manera:
•Cuatro cabezas de ganado de más: 800 €.
•Cinco cabezas de ganado de más: 1.000 €.
•Seis cabezas de ganado de más: 1.200 €.
Las faltas muy graves serán sancionadas de la siguiente manera:
- Cuando los ganaderos tengan más de 7 cabezas de ganado la sanción se graduará de la
siguiente manera:
•7 cabezas de ganado de más: 1.300 €.
•8 cabezas de ganado de más 1.400 €.
•9 cabezas de ganado de más 1.500 €.
CVE:
BOP-2022-5182
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de noviembre de 2022
N.º 0214
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