Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2022-5112)
BOP-2022-5112 Bases generales reguladoras del proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
10.3. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del
examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por
las mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser
nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de laresponsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
UNDÉCIMA. Bolsas de trabajo temporal.
Los procesos de estabilización de empleo temporal que convoque el Ayuntamiento de
Logrosán regulados en la Ley 20/2021 no generarán bolsas de trabajo temporal. No
obstante lo anterior, si los/as aspirantes que ocupan los puestos correspondientes a las
plazas convocadas no superaran el proceso de selección se integrarán en bolsas de
trabajo de la misma categoría del Ayuntamiento de Logrosán.
DUODÉCIMA. Protección de datos.
12.1. Por el solo hecho de su participación en el proceso selectivo, los/as aspirantes
prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por
ellos/as sean incorporados/as al fichero automatizado «Pruebas Selectivas y Bolsas de
Trabajo» (descrito enla Resolución de 28/05/2007, publicada en el BOP n.º 110 de
8 de junio de 2007), una de cuyas finalidades es la gestión de los procesos de
selección de los/as candidatos/as que pretendan acceder a plazas vacantes, salvo que
los/as aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a
tales efectos.
12.2. El Ayuntamiento de Logrosán, como responsable del fichero mencionado,
garantizará el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter
personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los/as aspirantes
quedarán informados/as y prestarán su consentimiento para el tratamiento de los datos
de carácter personal facilitados.
El/la opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada,
mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Logrosán. Secretaria.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el/a aspirante ha
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser publicados en los medios que
dictaminanlas presentes bases de convocatoria, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
Cód.
Validación:
6RCK7APNQTHN997E7NKF5RE7S
|
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
23
de
24
CVE:
BOP-2022-5112
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de noviembre de 2022
N.º 0211
Pág. 22091
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
10.3. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del
examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por
las mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser
nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de laresponsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
UNDÉCIMA. Bolsas de trabajo temporal.
Los procesos de estabilización de empleo temporal que convoque el Ayuntamiento de
Logrosán regulados en la Ley 20/2021 no generarán bolsas de trabajo temporal. No
obstante lo anterior, si los/as aspirantes que ocupan los puestos correspondientes a las
plazas convocadas no superaran el proceso de selección se integrarán en bolsas de
trabajo de la misma categoría del Ayuntamiento de Logrosán.
DUODÉCIMA. Protección de datos.
12.1. Por el solo hecho de su participación en el proceso selectivo, los/as aspirantes
prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por
ellos/as sean incorporados/as al fichero automatizado «Pruebas Selectivas y Bolsas de
Trabajo» (descrito enla Resolución de 28/05/2007, publicada en el BOP n.º 110 de
8 de junio de 2007), una de cuyas finalidades es la gestión de los procesos de
selección de los/as candidatos/as que pretendan acceder a plazas vacantes, salvo que
los/as aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a
tales efectos.
12.2. El Ayuntamiento de Logrosán, como responsable del fichero mencionado,
garantizará el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter
personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los/as aspirantes
quedarán informados/as y prestarán su consentimiento para el tratamiento de los datos
de carácter personal facilitados.
El/la opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada,
mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Logrosán. Secretaria.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el/a aspirante ha
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser publicados en los medios que
dictaminanlas presentes bases de convocatoria, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
Cód.
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Pág. 22091