Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-5020)
BOP-2022-5020 Bases que han de regir la concesión de subvenciones a Organizaciones no Gubernamentales (ONG´S), para proyectos de cooperación al desarrollo para el año 2023.
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BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ORGANIZACIONES NO
GUBERNAMENTALES (ONGD’s), PARA PROYECTOS DE COOPERACIÓN
AL DESARROLLO PARA EL AÑO 2023
BASE PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva para financiar proyectos de cooperación al desarrollo a desarrollar en el año 2023
llevados a cabo por ONGD’s, proyectos dirigidas a satisfacer, por una parte, de forma directa las
necesidades de Servicios Básicos y de derechos de las poblaciones desfavorecidas en los países en
vías de desarrollo, y que tengan como objetivo la lucha contra la pobreza y la mejora de la calidad
de vida y la capacidad de desarrollo endógena de los beneficiarios, en base a la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres.
BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES
1.- Mediante la presente convocatoria se subvencionan:
Proyectos de cooperación al desarrollo llevados a cabo por ONGD’s dirigidas a satisfacer de
forma directa las necesidades de Servicios Básicos y de derechos de las poblaciones desfavorecidas
en los países en vías de desarrollo, y que tengan como objetivo la lucha contra la pobreza y la
mejora de la calidad de vida y la capacidad de desarrollo endógena de los beneficiarios.
Los proyectos de cooperación deberán atender a las siguientes prioridades:
A).- Prioridades geográficas.
Se considerarán áreas geográficas prioritarias, los países y territorios empobrecidos, que cuenten
con menor índice de desarrollo humano y los que contengan extensas capas de su sociedad,
especialmente desfavorecidas y desestructuradas, de acuerdo con los informes e indicadores que
anualmente elabora el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, (IDH), internacionalmente
aceptados, en sintonía con la Ley Española para la Cooperación Internacional 23/1998, de 7 de julio,
y la Ley de la Comunidad de Extremadura 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación Extremeña al
Desarrollo. A los efectos de los proyectos a subvencionar, estos países y áreas, serán:
- África subsahariana: Sierra Leona, República Democrática del Congo, Malí, Camerún, Níger,
Burkina Fasso, Guinea Bissau, Ruanda, Senegal….
- Latinoamérica: Honduras, Nicaragua, El Salvador, Guatemala, Haití, Paraguay, Bolivia,
Perú, Ecuador y República Dominicana….
- Magreb, oriente medio y próximo: Marruecos, Mauritania, Argelia, territorios palestinos y
población saharaui.
- Asia y los países del Cuerno de África (Somalia, Yibuti, Eritrea y Etiopía).
Asimismo, podrán tenerse en consideración, otros países o áreas geográficas que el Instituto
Municipal de Asuntos Sociales, estime oportunas, previo informe del Consejo Local de Cooperación
al Desarrollo.
CVE:
BOP-2022-5020
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de octubre de 2022
N.º 0208
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