Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-5020)
BOP-2022-5020 Bases que han de regir la concesión de subvenciones a Organizaciones no Gubernamentales (ONG´S), para proyectos de cooperación al desarrollo para el año 2023.
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2.1 Coherencia y grado de descripción de las actividades (marco lógico) (0-8 puntos)
2.2 Coherencia entre objetivos, actuaciones y problemática descrita (0-6 puntos)
2.3 Coherencia de la distribución en el tiempo de las actividades (cronograma) (0-3 puntos)
2.4 Recursos humanos y técnicos suficientes para la consecución de los objetivos (viabilidad)
(0-3 puntos) puntos
2.5 Seguimiento y evaluación previstos (internos y externos, en su caso) (0-3 puntos)
2.6 Coherencia de las partidas y cuantías presupuestadas y grado de desglose
presupuestario (presentación de facturas proforma/presupuestos) (0-2 puntos)
3. - Actores del proyecto (30 puntos). Los ítems de esta variable serán:
3.1.- Experiencia y trayectoria de la ONGD solicitante y contraparte en la zona donde se
desarrollará el proyecto (0-20 puntos) A efectos de valorar el presente aportado se valorará:
- Experiencia acreditada en Proyectos de Cooperación al Desarrollo (Trayectoria, Nº de
proyectos realizados…) y/o Educación al Desarrollo.
- Experiencia en la zona y/o país
- Experiencia en el sector de actuación del Proyecto
3.2.- Desarrollo de actividades de la ONG en la ciudad (0-10 puntos).
Para la valoración de estos apartados deberá aportarse Memoria de Actividades de la entidad
de años anteriores.
4. Las subvenciones que se otorguen tendrán un importe máximo del 90% del presupuesto total del
proyecto, financiando el 10% restante con recursos ajenos a la subvención concedida por el IMAS,
ya sean recursos propios o subvenciones obtenidas de otras entidades públicas y/o privadas,
debiendo ser la cofinanciación aportaciones dinerarias, no siendo admisibles valorizaciones, y ser
destinadas a la financiación de gastos directos del proyecto.
El importe de la subvención se calculará, atendido a la prelación establecida en base a las
valoraciones otorgadas, y hasta agotar el crédito presupuestario, en función de los siguientes
parámetros:
• De 50 a 59,99 puntos, se asignará como máximo el 60% de la cantidad solicitada
• De 60 a 69,99 puntos, se asignará como máximo el 70% de la cantidad solicitada
• De 70 a 79,99 puntos, se asignará como máximo el 80% de la cantidad solicitada
• De 80 a 89,99 puntos, se asignará como máximo el 90% de la cantidad solicitada
• De 90 a 100 puntos, se asignará como máximo el 100% de la cantidad solicitada
CVE:
BOP-2022-5020
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de octubre de 2022
N.º 0208
Pág. 21625
2.2 Coherencia entre objetivos, actuaciones y problemática descrita (0-6 puntos)
2.3 Coherencia de la distribución en el tiempo de las actividades (cronograma) (0-3 puntos)
2.4 Recursos humanos y técnicos suficientes para la consecución de los objetivos (viabilidad)
(0-3 puntos) puntos
2.5 Seguimiento y evaluación previstos (internos y externos, en su caso) (0-3 puntos)
2.6 Coherencia de las partidas y cuantías presupuestadas y grado de desglose
presupuestario (presentación de facturas proforma/presupuestos) (0-2 puntos)
3. - Actores del proyecto (30 puntos). Los ítems de esta variable serán:
3.1.- Experiencia y trayectoria de la ONGD solicitante y contraparte en la zona donde se
desarrollará el proyecto (0-20 puntos) A efectos de valorar el presente aportado se valorará:
- Experiencia acreditada en Proyectos de Cooperación al Desarrollo (Trayectoria, Nº de
proyectos realizados…) y/o Educación al Desarrollo.
- Experiencia en la zona y/o país
- Experiencia en el sector de actuación del Proyecto
3.2.- Desarrollo de actividades de la ONG en la ciudad (0-10 puntos).
Para la valoración de estos apartados deberá aportarse Memoria de Actividades de la entidad
de años anteriores.
4. Las subvenciones que se otorguen tendrán un importe máximo del 90% del presupuesto total del
proyecto, financiando el 10% restante con recursos ajenos a la subvención concedida por el IMAS,
ya sean recursos propios o subvenciones obtenidas de otras entidades públicas y/o privadas,
debiendo ser la cofinanciación aportaciones dinerarias, no siendo admisibles valorizaciones, y ser
destinadas a la financiación de gastos directos del proyecto.
El importe de la subvención se calculará, atendido a la prelación establecida en base a las
valoraciones otorgadas, y hasta agotar el crédito presupuestario, en función de los siguientes
parámetros:
• De 50 a 59,99 puntos, se asignará como máximo el 60% de la cantidad solicitada
• De 60 a 69,99 puntos, se asignará como máximo el 70% de la cantidad solicitada
• De 70 a 79,99 puntos, se asignará como máximo el 80% de la cantidad solicitada
• De 80 a 89,99 puntos, se asignará como máximo el 90% de la cantidad solicitada
• De 90 a 100 puntos, se asignará como máximo el 100% de la cantidad solicitada
CVE:
BOP-2022-5020
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de octubre de 2022
N.º 0208
Pág. 21625