Sección VI - Anuncios particulares. Comunidades de Regantes. Comunidad de Regantes de Valdecañas. (BOP-2022-4974)
BOP-2022-4974 Ordenanzas y Reglamento.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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la carpeta personal telemática del comunero si estuvieran habilitadas.
Contenido de la convocatoria. En la convocatoria se indicará: a) La fecha y el lugar de
celebración. b) Las horas de celebración en primera y segunda convocatoria, que
tendrán que distanciarse al menos en media hora. c) El orden del día. d) Ruegos y
preguntas, salvo en las de carácter extraordinario, que tendrán carácter potestativo. e)
La indicación de que la documentación que soporta los temas a tratar se encuentra a
disposición de todos los comuneros, para su examen, además de en la sede de la
CRV, en las direcciones físicas o telemáticas que se indiquen. La Junta General no
podrá tratar asunto al que no se haya hecho mención en el orden del día.
Publicidad de los acuerdos adoptados por la Junta General. Los acuerdos adoptados
con las debidas garantías por la Junta General de la CRV son ejecutivos. Sin perjuicio
de lo dispuesto en el art. 44.c), el acuerdo adoptado se publicará, al menos, en el
tablón de anuncios y en la página web de la CRV, si estuviera habilitada. En el tablón
de anuncios permanecerá a la vista de los comuneros por tiempo de dos meses.
Notificaciones a través de medios electrónicos. Las notificaciones por medios
electrónicos se practicarán mediante comparecencia en la sede electrónica de la CRV,
a través de la dirección electrónica habilitada única o mediante ambos sistemas, según
disponga esta CRV. En lo no previsto se estará a lo dispuesto en la LPACAP, en
especial a sus artículos 14.2, 43 y 44.
Grabación de los actos celebrados por los órganos de la CRV. Podrá grabarse con
sistemas de captación de imágenes o sonido cualesquiera de los actos que celebren
los distintos órganos de esta CRV siempre y cuando sea expresamente anunciado en
la convocatoria. Como regla general, se entenderá que el partícipe acepta la grabación
anunciada, salvo que exprese su negativa por escrito.
Disposición Final Tercera. Supletoriedad del Código Civil. Sin perjuicio de lo dispuesto en el art.
3, en todo lo que no esté regulado en la TRLA se estará a lo dispuesto en el Código Civil (art. 4
CC y Disp. Final 1ª TRLA).
Disposición Final Cuarta. Publicidad. Aprobados que sean estos Estatutos, la Junta de
Gobierno procederá a su inmediata impresión y reparto de un ejemplar a cada uno de los
partícipes de esta CRV, así como a la CHT y JEX; y ordenará la publicación en BOP de su
índice y disposiciones.
Las presentes ORDENANZAS Y REGLAMENTOS al completo, se encuentran a disposición de
los Sres. Comuneros, quienes podrán solicitar el envío gratuito a la dirección electrónica que
indiquen o recoger su copia en el horario lectivo de las oficinas de la Comunidad.
CVE:
BOP-2022-4974
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de octubre de 2022
N.º 0206
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la carpeta personal telemática del comunero si estuvieran habilitadas.
Contenido de la convocatoria. En la convocatoria se indicará: a) La fecha y el lugar de
celebración. b) Las horas de celebración en primera y segunda convocatoria, que
tendrán que distanciarse al menos en media hora. c) El orden del día. d) Ruegos y
preguntas, salvo en las de carácter extraordinario, que tendrán carácter potestativo. e)
La indicación de que la documentación que soporta los temas a tratar se encuentra a
disposición de todos los comuneros, para su examen, además de en la sede de la
CRV, en las direcciones físicas o telemáticas que se indiquen. La Junta General no
podrá tratar asunto al que no se haya hecho mención en el orden del día.
Publicidad de los acuerdos adoptados por la Junta General. Los acuerdos adoptados
con las debidas garantías por la Junta General de la CRV son ejecutivos. Sin perjuicio
de lo dispuesto en el art. 44.c), el acuerdo adoptado se publicará, al menos, en el
tablón de anuncios y en la página web de la CRV, si estuviera habilitada. En el tablón
de anuncios permanecerá a la vista de los comuneros por tiempo de dos meses.
Notificaciones a través de medios electrónicos. Las notificaciones por medios
electrónicos se practicarán mediante comparecencia en la sede electrónica de la CRV,
a través de la dirección electrónica habilitada única o mediante ambos sistemas, según
disponga esta CRV. En lo no previsto se estará a lo dispuesto en la LPACAP, en
especial a sus artículos 14.2, 43 y 44.
Grabación de los actos celebrados por los órganos de la CRV. Podrá grabarse con
sistemas de captación de imágenes o sonido cualesquiera de los actos que celebren
los distintos órganos de esta CRV siempre y cuando sea expresamente anunciado en
la convocatoria. Como regla general, se entenderá que el partícipe acepta la grabación
anunciada, salvo que exprese su negativa por escrito.
Disposición Final Tercera. Supletoriedad del Código Civil. Sin perjuicio de lo dispuesto en el art.
3, en todo lo que no esté regulado en la TRLA se estará a lo dispuesto en el Código Civil (art. 4
CC y Disp. Final 1ª TRLA).
Disposición Final Cuarta. Publicidad. Aprobados que sean estos Estatutos, la Junta de
Gobierno procederá a su inmediata impresión y reparto de un ejemplar a cada uno de los
partícipes de esta CRV, así como a la CHT y JEX; y ordenará la publicación en BOP de su
índice y disposiciones.
Las presentes ORDENANZAS Y REGLAMENTOS al completo, se encuentran a disposición de
los Sres. Comuneros, quienes podrán solicitar el envío gratuito a la dirección electrónica que
indiquen o recoger su copia en el horario lectivo de las oficinas de la Comunidad.
CVE:
BOP-2022-4974
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de octubre de 2022
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