Sección III - Administración del Estado. Delegaciones de Gobierno. Delegación del Gobierno en Extremadura. (BOP-2022-4832)
BOP-2022-4832 Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Campo Arañuelo.
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efectuada.
Dicha DIA establece que, además de las condiciones al proyecto indicadas en su apartado “ii
de condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los
impactos más significativos”, el/a promotor/a deberá cumplir todas las medidas preventivas y
correctoras contempladas en el EsIA y las aceptadas tras la información pública, o contenidas
en la información complementaria, así como las medidas propuestas por las entidades
consultadas durante el periodo de información pública y consultas a las que el/a promotor/a ha
mostrado conformidad con las mismas.
Entre la documentación complementaria generada en dicho trámite se encuentra la aportada
por Naturgy Renovables el 17 de febrero de 2022 con modificaciones respecto del perímetro de
la planta. Según la DIA, el emplazamiento de la planta pasa de ocupar 451 ha a 290 ha.
Por otro lado, entre los condicionantes recogidos en la citada DIA, se establece el
soterramiento de parte de la línea de evacuación en 400 kV en los términos recogidos en la
misma.
Finalmente, la DIA establece los condicionantes específicos que se tendrán en cuenta en las
sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso, antes de otorgar una
autorización de explotación.
Con fecha, 24 de mayo de 2022, la Subdirección General de Energía Eléctrica requiere el
cumplimiento de los condicionantes resultantes de la citada evaluación de impacto ambiental.
Como respuesta a dicho requerimiento, con fecha 4 de agosto de 2022, Naturgy Renovables
aporta la adenda de integración ambiental del proyecto respecto de los condicionantes de la
DIA, el documento ambiental justificativo de la modificación de las infraestructuras de
evacuación de la planta solar fotovoltaica campo de arañuelo de fecha 26 de julio de 2022, y el
documento ambiental justificativo de la modificación de la planta solar fotovoltaica campo de
arañuelo de fecha 26 de julio de 2022.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el artículo 115
del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre respecto de las modificaciones de instalaciones
de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento de
todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
La infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta conectará la instalación
fotovoltaica con la red de transporte, en la subestación Almaraz 400 kV, propiedad de Red
Eléctrica de España, S.A.U.
CVE:
BOP-2022-4832
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de octubre de 2022
N.º 0199
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