Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Zona Centro. (BOP-2022-4830)
BOP-2022-4830 Aprobación del Plan de Empleo de la Mancomunidad de Municipios Zona Centro.
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Mancomunidad de Municipios Zona Centro
<< PLAN DE EMPLEO MANCOMUNIDAD ZONA CENTRO
INDICE:
1.- ANTECEDENTES
2.- OBJETIVOS QUE PERSIGUE EL PLAN DE EMPLEO
3.- MEDIDAS PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE EMPLEO
4.- RECURSOS DEL PLAN DE EMPLEO
5.- PLAN DE ACCIÓN
6.- GESTIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUCIÓN DEL PLAN
1.- ANTECEDENTES:
Analizadas las magnitudes económicas de la mancomunidad Zona Centro, se pone de manifiesto la necesidad de
redactar un Plan de Empleo. Reflejo de ello es este documento que contiene actuaciones concretas para favorecer
la creación de empleo de calidad en el territorio, así como mejorar y adecuar la formación y la capacitación de los
trabajadores y trabajadoras, y propiciar condiciones para el emprendimiento, la innovación y consolidación del
tejido productivo.
La mancomunidad Zona Centro tiene recursos suficientes para poner en marcha un desarrollo territorial basado
en los recursos de la zona que tienen sus características propias, imagen de identidad de la misma. Para lograr
los objetivos es necesario involucrar a todos los ciudadanos y ciudadanas ya que la participación social en las
políticas públicas es clave para impulsar este desarrollo, por lo que este plan se ha tratado de elaborar de la
forma más participativa y abierta posible.
En la planificación de las medidas de desarrollo económico y empresarial, debe existir un perfecto equilibrio entre
lo social, lo económico y lo ambiental, para que sea sostenible. Se trata de planificar acciones y dirigirlas, para
obtener unos resultados concretos en busca de alcanzar unos objetivos comunes, estructurados y estratégicos en
un tiempo determinado.
El Plan de Empleo debe convertirse en la base de una política activa de desarrollo local y promoción económica,
dirigida a gestionar el proceso de mejora del mercado de trabajo de nuestro territorio, a través de la implicación
y participación de toda la ciudadanía ya que el desempleo no es sólo una cuestión de las personas desempleadas,
sino que es un problema de toda la sociedad. Desde este punto de vista, el Plan de Empleo debe ser un plan
conjunto de todas las partes implicadas, administración local, autonómica y nacional, así como de todos los
agentes económicos, sociales, sindicatos, organizaciones empresariales y asociaciones ciudadanas.
El Plan de Empleo debe contener las propuestas adecuadas a la realidad actual, para lo cual, ha sido necesario
realizar un análisis de sus políticas de empleo, la situación en cuanto a salud, vivienda, educación,
infraestructuras, empresas, organización política, etc., para determinar con ello en qué ámbitos es prioritario
actuar, qué recursos queremos comprometer y qué obstáculos habrá que superar, adecuando las propuestas del
plan a las necesidades reales de ese territorio en el momento social, económico y político actual.
Además, a la hora de definir las propuestas que deben generar empleo en el territorio, deben tenerse en cuenta
los sectores estratégicos que la mancomunidad pretende desarrollar e impulsar en el territorio, diversificando la
economía. Estos sectores estratégicos para la el territorio son la agroalimentación, la agricultura, el comercio,
pero también la tecnología, el emprendimiento social y el empleo verde.
Debe ser un modelo que se adapte al modelo de desarrollo sostenible del territorio teniendo en cuenta el actual
contexto de territorio y casuística rural.
Para la elaboración de este plan, se ha partido de varias premisas que se consideran importantes sobre las que
debe basarse el desarrollo del territorio:
• El plan debe adaptarse a un modelo de desarrollo sostenible, teniendo la consideración del capital social
como factor estratégico de desarrollo.
• La importancia de lo local en un mundo globalizado.
• La importancia de la economía social, como fuente de empleo.
• La aplicación de la perspectiva de género al plan y otras condiciones de igualdad de oportunidades y
fomento de la conciliación de la vida laboral y familiar.
CVE:
BOP-2022-4830
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de octubre de 2022
N.º 0199
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