Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4806)
BOP-2022-4806 Convocatoria de bolsa de empleo temporal de Técnicos/as de gestión presupuestaria y control de fondos Europeos.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
11.2. La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, como responsable del fichero mencionado, garantiza
el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo
con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda informado y presta su
consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El opositor podrá
ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido al Área de Recursos Humanos
de esta Institución Provincial, sita en plaza de Santa María, s/n. 10071-Cáceres. Asimismo, a efectos de
gestión del proceso de selección para el que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, estos
podrán ser publicados en los medios que dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la única
finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
DUODÉCIMA. - Incidencias.
12.1. La presente convocatoria, en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y
de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en la forma
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
12.2 El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos
aspectos no previstos en estas bases.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el
que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el
Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local;
el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y demás normas
concordantes de general aplicación.
PROGRAMA
1.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Objeto y ámbito de aplicación.
Contratos del Sector Público.
2- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Disposiciones generales sobre la
contratación del Sector Público.
3.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Partes en el contrato.
4.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Objeto, presupuesto, base de
licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles. Preparación de los
contratos.
5.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Adjudicación de los contratos.
CVE:
BOP-2022-4806
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de octubre de 2022
N.º 0199
Pág. 20408
11.2. La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, como responsable del fichero mencionado, garantiza
el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo
con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda informado y presta su
consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El opositor podrá
ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido al Área de Recursos Humanos
de esta Institución Provincial, sita en plaza de Santa María, s/n. 10071-Cáceres. Asimismo, a efectos de
gestión del proceso de selección para el que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, estos
podrán ser publicados en los medios que dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la única
finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
DUODÉCIMA. - Incidencias.
12.1. La presente convocatoria, en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y
de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en la forma
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
12.2 El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos
aspectos no previstos en estas bases.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el
que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el
Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local;
el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y demás normas
concordantes de general aplicación.
PROGRAMA
1.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Objeto y ámbito de aplicación.
Contratos del Sector Público.
2- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Disposiciones generales sobre la
contratación del Sector Público.
3.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Partes en el contrato.
4.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Objeto, presupuesto, base de
licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles. Preparación de los
contratos.
5.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Adjudicación de los contratos.
CVE:
BOP-2022-4806
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de octubre de 2022
N.º 0199
Pág. 20408