Sección V - Otros anuncios oficiales. Consorcios Públicos. Consorcio Cáceres, Ciudad Histórica. (BOP-2022-4735)
BOP-2022-4735 Plan Estratégico de Subvenciones del Consorcio Cáceres Ciudad Histórica 2022.
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● Adquisición, restauración y conservación de bienes, siempre que tengan un valor
patrimonial histórico-artístico, quedando excluido el mantenimiento corriente o cualquier
operación que no tengan incidencia en la mejora del estado o el valor del bien.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS/AS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN
ARTÍCULO 6.- BENEFICIARIOS/AS.
Tendrá la consideración de beneficiario/a de subvenciones la persona o asociación que haya
de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que
legitima su concesión, que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
ARTÍCULO 7. - PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
El Consorcio Cáceres Ciudad Histórica concederá subvenciones en los términos y con el
alcance previsto en la Ley General de Subvenciones, mediante concesión directa nominativa,
que deberán estar previstas en el Presupuesto del Consorcio Cáceres Ciudad Histórica para el
ejercicio 2022, en el caso de "Adquisición, restauración y conservación de bienes, con valor
histórico artístico por parte de las Cofradías Penitenciales Sacramentales Cacereñas en el
ejercicio 2022".
Y en régimen de concurrencia competitiva para el caso de los premios de rehabilitación de
viviendas en el casco Histórico de Cáceres, 2022.
En el presente procedimiento de concesión se deberán respetar los principios establecidos en
el artículo 2 de este Plan.
ARTÍCULO 8.- CONCESIÓN DIRECTA.
Los Convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones de concesión
directa, si bien también podrán concederse mediante resolución dictada por el órgano
competente, en los supuestos y términos establecidos en la Ley General de Subvenciones y en
la Ordenanza General de Subvenciones.
En los convenios o, en su caso la resolución, se regularán las condiciones para la concesión de
estas subvenciones, de conformidad con lo previsto al respecto en la LGS y en el Presupuesto
del Consorcio.
ARTICULO 9.- CONCURRENCIA COMPETITIVA.
Los premios de rehabilitación de edificios en la Ciudad histórica de Cáceres se regirán por el
CVE:
BOP-2022-4735
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de octubre de 2022
N.º 0195
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patrimonial histórico-artístico, quedando excluido el mantenimiento corriente o cualquier
operación que no tengan incidencia en la mejora del estado o el valor del bien.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS/AS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN
ARTÍCULO 6.- BENEFICIARIOS/AS.
Tendrá la consideración de beneficiario/a de subvenciones la persona o asociación que haya
de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que
legitima su concesión, que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
ARTÍCULO 7. - PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
El Consorcio Cáceres Ciudad Histórica concederá subvenciones en los términos y con el
alcance previsto en la Ley General de Subvenciones, mediante concesión directa nominativa,
que deberán estar previstas en el Presupuesto del Consorcio Cáceres Ciudad Histórica para el
ejercicio 2022, en el caso de "Adquisición, restauración y conservación de bienes, con valor
histórico artístico por parte de las Cofradías Penitenciales Sacramentales Cacereñas en el
ejercicio 2022".
Y en régimen de concurrencia competitiva para el caso de los premios de rehabilitación de
viviendas en el casco Histórico de Cáceres, 2022.
En el presente procedimiento de concesión se deberán respetar los principios establecidos en
el artículo 2 de este Plan.
ARTÍCULO 8.- CONCESIÓN DIRECTA.
Los Convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones de concesión
directa, si bien también podrán concederse mediante resolución dictada por el órgano
competente, en los supuestos y términos establecidos en la Ley General de Subvenciones y en
la Ordenanza General de Subvenciones.
En los convenios o, en su caso la resolución, se regularán las condiciones para la concesión de
estas subvenciones, de conformidad con lo previsto al respecto en la LGS y en el Presupuesto
del Consorcio.
ARTICULO 9.- CONCURRENCIA COMPETITIVA.
Los premios de rehabilitación de edificios en la Ciudad histórica de Cáceres se regirán por el
CVE:
BOP-2022-4735
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de octubre de 2022
N.º 0195
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