Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garganta la Olla. (BOP-2022-4717)
BOP-2022-4717 Reglamento regulador de la carrera profesional horizontal funcionarios/as.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Quedan derogadas cuantas normas municipales de igual o inferior rango se opongan al
presente Reglamento o contengan disposiciones relativas a materias reguladas en el mismo.
DISPOSICIONES FINALES.
PRIMERA.- En todo lo no previsto en el presente Reglamento se estará a lo dispuesto en la
normativa estatal y autonómica reguladora de la materia y supletoriamente en la aplicable a
los/as funcionarios/as de la Junta de Extremadura.
SEGUNDA.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia del acuerdo de aprobación definitiva por el Ayuntamiento Pleno.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra el
acuerdo de aprobación definitiva podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente al de publicación en el BOP, de conformidad con lo establecido en los artículos
112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 10.b) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa; y ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier
otro recurso que sea procedente y estimen oportuno.
Garganta la Olla , 3 de octubre de 2022
Antonio Muñoz Sánchez
ALCALDE CVE:
BOP-2022-4717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de octubre de 2022
N.º 0195
Pág. 20055
Quedan derogadas cuantas normas municipales de igual o inferior rango se opongan al
presente Reglamento o contengan disposiciones relativas a materias reguladas en el mismo.
DISPOSICIONES FINALES.
PRIMERA.- En todo lo no previsto en el presente Reglamento se estará a lo dispuesto en la
normativa estatal y autonómica reguladora de la materia y supletoriamente en la aplicable a
los/as funcionarios/as de la Junta de Extremadura.
SEGUNDA.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia del acuerdo de aprobación definitiva por el Ayuntamiento Pleno.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra el
acuerdo de aprobación definitiva podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente al de publicación en el BOP, de conformidad con lo establecido en los artículos
112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 10.b) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa; y ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier
otro recurso que sea procedente y estimen oportuno.
Garganta la Olla , 3 de octubre de 2022
Antonio Muñoz Sánchez
ALCALDE CVE:
BOP-2022-4717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de octubre de 2022
N.º 0195
Pág. 20055