Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-4643)
BOP-2022-4643 Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (I.I.V.T.N.U.)
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acredite previamente el pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos
de Naturaleza Urbana devengado por el acto o contrato que se solicita inscribir.
No obstante lo previsto en el párrafo anterior, se procederá de conformidad con lo
establecido en los artículos 255 y siguientes de la Ley Hipotecaria.
Artículo 12. Inspección y recaudación.
La inspección y recaudación del Impuesto se realizarán de acuerdo con lo
prevenido en la Ley General Tributaria y en las demás Leyes del Estado reguladoras
de la materia, así como en las disposiciones dictadas para su desarrollo.
Artículo 13. Infracciones tributarias.
En todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias, así como a la
determinación de sanciones que por las mismas correspondan en cada caso, se
aplicará el régimen regulado en la Ley General Tributaria y en las disposiciones que la
complementen y desarrollen.
Disposición adicional.
Las modificaciones que se introduzcan en la regulación del impuesto, por las
Leyes de Presupuestos Generales del Estado o por cualesquiera leyes o disposiciones,
y que resulten de aplicación directa, producirán, en su caso, la correspondiente
modificación tácita de la presente Ordenanza Fiscal.
Disposición final.
La presente Ordenanza, aprobada definitivamente por el Excmo. Ayuntamiento
Pleno en sesión mensual ordinaria celebrada el día 21 de julio de 2022, entrará en vigor
al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y
continuará aplicándose hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.
CVE:
BOP-2022-4643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de octubre de 2022
N.º 0193
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