Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2022-4613)
BOP-2022-4613 Bases y convocatoria del proceso selectivo para proveer una plaza de Oficial de Jardinería.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Hervás
puntos por cada respuesta correcta, restándose 0,10 puntos por cada respuesta
incorrecta y no puntuándose las preguntas no contestadas.
La puntuación máxima de este ejercicio se establece en 10 puntos, siendo
necesario obtener como mínimo una puntación de 5 puntos para considerar
superado y aprobado el ejercicio y tener acceso al siguiente.
La puntuación máxima del segundo ejercicio se calificará con 10 puntos, quedando
eliminados/as aquellos/as aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 5
puntos.
Los/as miembros del Tribunal calificarán las pruebas segunda y tercera por separado,
puntuando de 0 a 10 puntos y procediéndose a dividir la suma por el número de
miembros del Tribunal que puntúa, quedando eliminados los/as aspirantes que, en cada
una de ellas, no obtengan una puntuación mínima de 5 puntos.
La puntuación final será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en los
dos ejercicios, siendo como máximo de veinte (20) puntos.
En caso de empate, se tendrá en cuenta en primer lugar la mayor puntuación obtenida
en el segundo ejercicio, en segundo lugar, la mayor puntuación obtenida en el primer
ejercicio. Si continúa el empate se resolverá por sorteo.
NOVENA Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos Exigidos y
Formalización del Contrato
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para la
formalización del contrato, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas
convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente
establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación
de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria en el plazo de
veinte días. En el citado plazo el aspirante aprobado deberá acreditar que reúne todos los
requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que
corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se
deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una
copia básica de los contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos
de trabajo correspondientes, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica
alguna.
DÉCIMA. Funcionamiento de la bolsa de Trabajo
Las personas integrantes de las Bolsas de Trabajo, ocuparan el puesto de la lista que le
corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para
su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación
que ostenta dentro del listado.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es
de 10 puntos.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de
trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes
temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado
Cód.
Validación:
5ZXLNKF76GQH4GXNLEZW3PDMJ
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Verificación:
https://hervas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 6 de octubre de 2022
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puntos por cada respuesta correcta, restándose 0,10 puntos por cada respuesta
incorrecta y no puntuándose las preguntas no contestadas.
La puntuación máxima de este ejercicio se establece en 10 puntos, siendo
necesario obtener como mínimo una puntación de 5 puntos para considerar
superado y aprobado el ejercicio y tener acceso al siguiente.
La puntuación máxima del segundo ejercicio se calificará con 10 puntos, quedando
eliminados/as aquellos/as aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 5
puntos.
Los/as miembros del Tribunal calificarán las pruebas segunda y tercera por separado,
puntuando de 0 a 10 puntos y procediéndose a dividir la suma por el número de
miembros del Tribunal que puntúa, quedando eliminados los/as aspirantes que, en cada
una de ellas, no obtengan una puntuación mínima de 5 puntos.
La puntuación final será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en los
dos ejercicios, siendo como máximo de veinte (20) puntos.
En caso de empate, se tendrá en cuenta en primer lugar la mayor puntuación obtenida
en el segundo ejercicio, en segundo lugar, la mayor puntuación obtenida en el primer
ejercicio. Si continúa el empate se resolverá por sorteo.
NOVENA Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos Exigidos y
Formalización del Contrato
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para la
formalización del contrato, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas
convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente
establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación
de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria en el plazo de
veinte días. En el citado plazo el aspirante aprobado deberá acreditar que reúne todos los
requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que
corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se
deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una
copia básica de los contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos
de trabajo correspondientes, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica
alguna.
DÉCIMA. Funcionamiento de la bolsa de Trabajo
Las personas integrantes de las Bolsas de Trabajo, ocuparan el puesto de la lista que le
corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para
su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación
que ostenta dentro del listado.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es
de 10 puntos.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de
trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes
temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado
Cód.
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