Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2022-4613)
BOP-2022-4613 Bases y convocatoria del proceso selectivo para proveer una plaza de Oficial de Jardinería.
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Ayuntamiento de Hervás
la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y
en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Igualmente, quedará a disposición de los
interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://hervas.es y,
en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente
para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección
y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto
administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento
será el responsable del tratamiento de estos datos.
QUINTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
de mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y
en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https:// hervas.es, y, en el Tablón
de Anuncios. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de
realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se
hará mediante la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
https://hervás.es, y, en su caso, en el Tablón de Anuncios; en este supuesto, los anuncios
de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de
selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://hervas.es, y, en el Tablón de
Anuncios, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del
mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
SEXTA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a
la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal
eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores
especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos
concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar.
Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin
voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar
sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento
a consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que
Cód.
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Verificación:
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Jueves, 6 de octubre de 2022
N.º 0192
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