Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2022-4604)
BOP-2022-4604 Ayudas escolares, curso académico 2022-2023.
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Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
a) Fotocopia del DNI.
b) Fotocopia del Libro de Familia.
c) Fotocopia de los documentos de ingresos económicos de los miembros de la unidad
familiar, mayores de 16 años, (nóminas, pensiones, subsidios, etc.) correspondientes
a los seis meses anteriores al de presentación de la solicitud.
d) Declaración de la renta de 2021 (en caso de no haber presentado declaración de la
renta, se deberá aportar declaración alegando los motivos por los cuales no se ha
presentado).
e) Vida laboral de los miembros de la unidad familiar, mayores de 16 años.
f) En caso de alegar separación o divorcio, fotocopia de convenio regulador y resolución
judicial.
g) Certificaciones oportunas sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias con la
Hacienda Estatal, Autonómica, y Seguridad Social.
h) Modelo de alta de terceros, en caso, de resultar beneficiario de la ayuda, para que se
pueda efectuar el pago.
El comité de evaluación podrá solicitar cualquier otra documentación que estime conveniente
para efectuar una correcta valoración de las solicitudes.
BASE 4ª-SUBSANACIÓN DE ERRORES.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo
68 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, se concederá un plazo de diez
días hábiles para subsanar deficiencias o falta de documentación, con indicación de que, si
dentro del plazo concedido así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa
resolución dictada en los términos prevenidos en el artículo 42 del mismo texto legal.
BASE 5ª- ÓRGANOS DE ORDENACIÓN, INSTRUCCIÓN Y
RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE.
Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Selección que tendrá las siguientes
atribuciones:
- Evaluación de las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en
estas bases.
- Petición de los informes que se estimen necesarios para una mejor resolución.
- Evacuación, en su caso, del trámite de audiencia de conformidad con lo previsto en el
artículo 82 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
- Formulación de la propuesta de resolución a la Sr. Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz.
La Comisión estará compuesta por:
- Presidente/a: Concejal/a a determinar por la Alcaldía
- Vocal: Una Trabajadora Social de la Mancomunidad Tajo-Salor
- Vocal: La Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
- Secretaria: Un funcionario/a del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz.
Cód.
Validación:
6ZRCMLF5FPX56MMJC4RANJARZ
|
Verificación:
https://arroyodelaluz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2022-4604
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 6 de octubre de 2022
N.º 0192
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