Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdeobispo. (BOP-2022-4582)
BOP-2022-4582 Convocatoria, por el procedimiento de oposición libre, de una plaza de Auxiliar Administrativo/a.
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SEXTA.- ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES.
6.1 Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir
provistos del DNI, pasaporte en vigor o documento equivalente para los aspirantes no
nacionales. Igualmente, deberán ir provistos de bolígrafo. En cualquier momento el Tribunal
podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser
llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y
en los sucesivos, quedando excluido, en consecuencia, del proceso selectivo; salvo casos de
fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el
Tribunal con absoluta libertad de criterio.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, se hará excepción en el
llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de
las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tenga que participar.
Para ello las aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco días
hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores a la
realización de la prueba, un escrito dirigido al Presidente del Tribunal comunicando el hecho de
la hospitalización y adjuntando informe médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa
del deseo de la realización de la prueba.
6.2 Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos
de telefonía móvil, pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita emisión
o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser comprobado este extremo
en cualquier momento por parte del Tribunal Calificadora través de los medios que estime
oportuno. Ante el incumplimiento de esta previsión, el Tribunal Calificador podrá acordar,
motivadamente, la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
6.3 Tal y como se indica en el apartado 4.3, en la resolución mediante la cual se apruebe la
lista definitiva de aspirantes, se determinará el lugar, fecha, y hora de comienzo de las pruebas,
así como la composición del Tribunal. Dicha resolución se publicará en el BOP de Cáceres, en
el tablón de anuncios y en el tablón electrónico de la sede electrónica
https://valdeobispo.sedelectronica.es/info.0.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo
mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.
CVE:
BOP-2022-4582
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de octubre de 2022
N.º 0191
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