Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Pesga. (BOP-2022-4548)
BOP-2022-4548 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora del alumbrado exterior para la protección del cielo nocturno de Extremadura.
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Ayuntamiento de La Pesga
E4
S<0,5m
2
1000
0,5 2
800
2 2
600
S>10m
2
400
4. No se utilizarán dispositivos de emisión de luz intermitente en rótulos luminosos ni en
el alumbrado de señales y carteles.
5. Los rótulos luminosos y el alumbrado de señales y carteles han de disponer de los
sistemas de accionamiento necesarios para el cumplimiento del régimen de
funcionamiento que les corresponda en cada caso.
Artículo 11. Alumbrado ornamental
1. En el alumbrado ornamental, se procurará que la disposición de luminarias o
proyectores permita la emisión de flujo luminoso desde arriba hacia abajo. En caso
de no ser posible, se utilizarán paralúmenes u otros dispositivos que cumplan
lo indicado.
2. Este alumbrado permanecerá apagado en la franja de horario nocturno establecida
en el artículo 17, sin perjuicio de las excepciones indicadas en el epígrafe 7 de
este artículo.
3. Se cumplirán las prescripciones relativas a las características de las lámparas,
en función de la zona lumínica en que la instalación se encuentre.
4. Lo dispuesto en el presente artículo se entiende sin perjuicio de las medidas
establecidas en la legislación de patrimonio histórico.
5. El alumbrado ornamental no podrá superar los siguientes valores límite, vinculados
a la zona lumínica, así como los establecidos en el reglamento de eficiencia
energética, en función del material del elemento iluminado, aplicándose los
más restrictivos en cada caso.
6. No se considera alumbrado ornamental, debiendo evitarse en cualquier caso, la
iluminación con fines estéticos de ríos, riberas, frondosidades, equipamientos
acuáticos, y cualquier otro elemento o espacio natural.
7. El ayuntamiento puede establecer excepciones al régimen de funcionamiento y a la
orientación del alumbrado ornamental de inmuebles o ámbitos de especial interés
histórico y cultural, atendiendo a sus especiales valores patrimoniales y culturales.
Con carácter general, se establecen las siguientes características de
funcionamiento del mismo, incluidas las correspondientes excepciones.
Ayuntamiento de La Pesga
C/ Gabriel y Galán nº 17, La Pesga. 10649 (Cáceres). Tfno. 927674562. Fax: 927674606
CVE:
BOP-2022-4548
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de octubre de 2022
N.º 0190
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