Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-4508)
BOP-2022-4508 Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
37 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Para el buen funcionamiento y satisfacción de todos/das, hay que recordar que «esta es
su casa» y de que debe colaborar con la Dirección para el buen funcionamiento.
A) COMEDOR.
Artículo 30. El menú es único para todos/as, salvo los regímenes especiales prescritos por
los/as médicos/as, y, además:
El menú se fijará semanalmente en el tablón de anuncios.
Los horarios deben cumplirse con la mayor rigurosidad, para evitar trastornos en el
servicio. Si por alguna circunstancia prevé la imposibilidad de hacerlo, deberá
comunicarse con la debida antelación.
El horario se establecerá dentro de los siguientes márgenes:
- Desayuno, de 8,30h. a 10,00h.
- Comida, de 13,00h. a 14,30h.
- Merienda, a las 17,00h.
- Cena, de 20,00h. a 21,00h., en invierno, y de 20,30h. a 22,00 h., en verano.
- Suplemento de zumo, fruta, leche, etc., a media mañana, así como antes de
dormir.
No obstante, se establece la posibilidad de ampliar los horarios de las diferentes
comidas, o bien que pueda realizarse en dos turnos, por necesidades del servicio.
No está permitido sacar utensilios del comedor, tales como cubiertos, vasos, servilletas,
etc., ni entrar alimentos que no sean propios del Centro. No se podrán tener en el
Centro navajas, tijeras u objetos cortantes, salvo casos debidamente justificados y
previa autorización de los/as responsables del Centro.
La plaza en el comedor es fija para el/a residente, no obstante, si fuera necesario, el
personal auxiliar del Centro, establecerá el sitio a ocupar en el comedor y si por
cualquier causa se desea cambiar, la petición se efectuará al/a responsable del Centro
que acordará lo que estime procedente.
Se debe respetar el orden en el comedor, tratar al personal de servicio con el mayor
respeto, mantener el decoro en la mesa, evitando realizar cualquier acto que produzca
repulsa a los/as demás.
No se permite la entrada de visitantes en el comedor durante las horas de este servicio,
salvo autorización expresa del/a responsable del Centro.
CVE:
BOP-2022-4508
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de septiembre de 2022
N.º 0188
Pág. 19400
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Para el buen funcionamiento y satisfacción de todos/das, hay que recordar que «esta es
su casa» y de que debe colaborar con la Dirección para el buen funcionamiento.
A) COMEDOR.
Artículo 30. El menú es único para todos/as, salvo los regímenes especiales prescritos por
los/as médicos/as, y, además:
El menú se fijará semanalmente en el tablón de anuncios.
Los horarios deben cumplirse con la mayor rigurosidad, para evitar trastornos en el
servicio. Si por alguna circunstancia prevé la imposibilidad de hacerlo, deberá
comunicarse con la debida antelación.
El horario se establecerá dentro de los siguientes márgenes:
- Desayuno, de 8,30h. a 10,00h.
- Comida, de 13,00h. a 14,30h.
- Merienda, a las 17,00h.
- Cena, de 20,00h. a 21,00h., en invierno, y de 20,30h. a 22,00 h., en verano.
- Suplemento de zumo, fruta, leche, etc., a media mañana, así como antes de
dormir.
No obstante, se establece la posibilidad de ampliar los horarios de las diferentes
comidas, o bien que pueda realizarse en dos turnos, por necesidades del servicio.
No está permitido sacar utensilios del comedor, tales como cubiertos, vasos, servilletas,
etc., ni entrar alimentos que no sean propios del Centro. No se podrán tener en el
Centro navajas, tijeras u objetos cortantes, salvo casos debidamente justificados y
previa autorización de los/as responsables del Centro.
La plaza en el comedor es fija para el/a residente, no obstante, si fuera necesario, el
personal auxiliar del Centro, establecerá el sitio a ocupar en el comedor y si por
cualquier causa se desea cambiar, la petición se efectuará al/a responsable del Centro
que acordará lo que estime procedente.
Se debe respetar el orden en el comedor, tratar al personal de servicio con el mayor
respeto, mantener el decoro en la mesa, evitando realizar cualquier acto que produzca
repulsa a los/as demás.
No se permite la entrada de visitantes en el comedor durante las horas de este servicio,
salvo autorización expresa del/a responsable del Centro.
CVE:
BOP-2022-4508
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de septiembre de 2022
N.º 0188
Pág. 19400