Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-4508)
BOP-2022-4508 Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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Recibir un trato correcto por parte del personal y del resto de los/as usuarios/as.
Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el Centro en un lenguaje
claro y directo, adecuado al sector de mayores residentes, cuando se trate de asuntos
de especial trascendencia que puedan incidir en la situación de dichos residentes.
Participar en los servicios y actividades sociales, culturales y recreativas que se
organicen, y colaborar con sus conocimientos y experiencia en el desarrollo de las
mismas.
Beneficiarse de actividades encaminadas a la prevención de la enfermedad y a la
promoción de la salud y facilitarle el acceso a la asistencia sanitaria.
Elevar por escrito, o de palabra, a la Comisión de Evaluación y Seguimiento o al/a
responsable del Centro, propuestas relativas a la mejora de los servicios.
Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención al/a residente
en el ámbito del Centro respectivo, y en las condiciones reglamentarias que se
determinen.
Respeto a los derechos individuales fundamentales, en especial el derecho a la
intimidad y a la expresión de sus ideas políticas y religiosas.
Apoyo cultural a personas analfabetas y discapacitadas.
Disfrutar del silencio necesario en las horas de reposo.
Formar parte de las Comisiones que se constituyan.
La cuota mensual que el residente satisface da derecho al alojamiento y pensión
completa, así como a los servicios que, en su caso, se impongan al gestor del servicio.
Se reservará la plaza de aquel/aquella residente que se ausente del centro, previa
comunicación, por un plazo seguido de hasta dos meses o plazo superior si la ausencia se
produjera por motivos de salud o familiares graves. La reserva de plaza por tiempo superior,
requerirá autorización expresa del/a titular del Centro. En cualquier caso, será obligatorio el
abono de las mensualidades ausentes.
B) PARA LOS/AS RESIDENTES DEL CENTRO DE DÍA (según régimen contratado y
según grado de dependencia del mismo).
Artículo 26. Son derechos de los/as usuarios/as del Centro de Día:
Manutención, que incluye el desayuno, la comida, la merienda y la cena.
Utilización de los servicios comunes en las condiciones que establezcan las normas de
funcionamiento interno, de acuerdo con la característica de los mismos.
Recibir un trato correcto por parte del personal y de los/as usuarios/as.
Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el Centro.
CVE:
BOP-2022-4508
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de septiembre de 2022
N.º 0188
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