Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2022-4479)
BOP-2022-4479 Convocatoria y Bases del proceso selectivo convocado para proveer una plaza de Psicólogo/a.
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La Alcaldía podrá requerir a los/as miembros del órgano de selección una declaración expresa
de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas.
Igualmente, quienes incurriesen en causa de abstención deberán comunicarlo a la Alcaldía en
el plazo máximo de 5 días hábiles.
SÉPTIMA. DEL CALENDARIO DEL PROCESO SELECTIVO.
7.1.- La fecha de celebración del primer ejercicio se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su sede electrónica. La fecha de
los demás ejercicios en la sede electrónica, tablón de anuncios y lugar donde se hubiera
celebrado el ejercicio anterior.
7.2.- Los/as aspirantes que serán convocados en llamamiento único quedarán decaídos en su
derecho cuando se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por
la inasistencia a las mismas, aún cuando se deba a causas justificadas. Tratándose de pruebas
de carácter individual y sucesivo, el órgano de selección podrá apreciar las causas alegadas y
admitir al/a aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha admisión no
menoscabe el principio de igualdad con el resto de aspirantes.
7.3.- El órgano de selección podrá requerir a los/as aspirantes en cualquier momento para que
acrediten su personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI o, en defecto de éste, de
otro documento oficial que acredite su identidad.
OCTAVA.- DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LOS ASPIRANTES.
La oposición consistirá en la realización de tres pruebas de capacidad y aptitud eliminatorias y
obligatorias para los/as aspirantes.
Los/as aspirantes serán convocados/as en llamamiento único, siendo excluidos/as de la
oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y
libremente apreciada por el Tribunal. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as
opositores/as para que acrediten su personalidad.
Los/as candidatos/as deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de
conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de
treinta puntos, siendo eliminados los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de quince
puntos.
CVE:
BOP-2022-4479
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de septiembre de 2022
N.º 0187
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