Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2022-4479)
BOP-2022-4479 Convocatoria y Bases del proceso selectivo convocado para proveer una plaza de Psicólogo/a.
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QUINTA.- INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
5.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, Anexo I deberán
estar debidamente cumplimentadas. Los/as aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada
una de las condiciones y requisitos exigidos en las Base Tercera, referidas al día en que
concluya el plazo de presentación de instancias, se dirigirán a la Alcaldía de este
Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General del mismo o en los lugares que
determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, dentro del plazo de 20 días hábiles,
contados a partir del siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5.2.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía, dictará resolución, en el
plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios de este
Ayuntamiento y en su sede electrónica, con indicación de las causas de exclusión, así como el
plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los/as
aspirantes excluidos/as, que será de diez días hábiles.
Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe
la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada para la lista provisional.
En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del primer ejercicio que,
en todo caso, se realizará transcurridos un mínimo de 10 días naturales desde la publicación.
De no presentarse reclamaciones la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a
definitiva, haciéndose constar tal circunstancia en el anuncio indicado en el párrafo anterior.
5.4.- Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los/as interesados/as
interponer el recurso potestativo de reposición previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -
LPACAP-, o alternativamente recurso contencioso-administrativo, en los términos de la vigente
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
5.5.- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición
del/a interesado/a.
SEXTA.- ÓRGANO DE SELECCIÓN.
6.1.- El órgano de selección estará compuesto por los/as siguientes miembros, todos/as
ellos/as con voz y voto. En todo caso, habrán de poseer titulación académica igual o superior a
la exigida a los/as candidatos/as.
CVE:
BOP-2022-4479
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de septiembre de 2022
N.º 0187
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