Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-4463)
BOP-2022-4463 Bases de la Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos desarrollados por Entidades Juveniles, ejercicio 2022.
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Instituto Municipal de Juventud
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Se establece una cuantía mínima de ayuda de 500 euros por solicitud, teniéndose
que obtener un mínimo de 12 puntos de valoración. Los proyectos valorados por debajo de
esa puntuación, no son considerados aptos a los efectos de esta convocatoria.
La cuantía máxima subvencionable no podrá superar el importe solicitado.
BASE DECIMOSEGUNDA.- RÉGIMEN DE COMPATIBILIDADES.
Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención, en régimen de
concurrencia competitiva o directa, del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o de sus
Organismos Autónomos para la misma finalidad.
BASE DECIMOTERCERA.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN.
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter
prepagable, esto es, el O.A. IMJ procederá al pago de las mismas, una vez que se produzca la
concesión definitiva de las ayudas y, con anterioridad a la presentación de la
correspondiente justificación, visto el objeto de la convocatoria y como financiación
necesaria para poder llevar a cabo el proyecto objeto de la subvención, de conformidad con
lo establecido en lo establecido en el artículo 33 b) de la Ordenanza General de
Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y en el art. 34.4 de la ley 38/2003,
General de Subvenciones y, en todo caso, siempre que la entidad beneficiaria no tenga
cantidades pendientes de reintegrar a expedientes de subvenciones del OA. IMJ.
BASE DECIMOCUARTA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
La justificación del cumplimento de las condiciones impuestas y de la consecución de
los objetivos previstos en la concesión de la subvención se documentará a través de la
rendición de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio de beneficiario.
La cuenta justificativa se presentará conforme al Anexo III de la convocatoria,
acompañada de la siguiente documentación:
 Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa por importe de la subvención concedida.
 Certificado de la secretaría de la entidad que acredite la realización del proyecto.
En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:
 Nombre, razón social, NIF de la empresa que factura y razón social del beneficiarlo.
 Fecha de emisión y número de factura.
 Importe total. Si figuran varios artículos deberán desglosarse y describirse cada uno
de ellos.
CVE:
BOP-2022-4463
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de septiembre de 2022
N.º 0186
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