Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de Plasencia. (BOP-2022-4431)
BOP-2022-4431 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de alumbrado exterior.
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Ayuntamiento de Oliva de Plasencia
funcionamiento del mismo, incluidas las correspondientes excepciones.
Artículo 12. Alumbrado festivo y navideño
En el diseño y uso del alumbrado festivo y navideño se aplicarán las siguientes
directrices:
- Reducir el horario de encendido en la medida de lo posible, adecuándolo a las ho-
ras nocturnas de mayor tránsito de personas.
- Ajustar el número de días de encendido al periodo festivo.
- Disminuir al mínimo posible, la potencia y flujo luminoso instalados. En todo caso, se
cumplirán los valores máximos de potencia instalada establecidos en el reglamento de
eficiencia energética.
- Seleccionar el número de calles a iluminar en función del tránsito de personas.
- Priorizar en el diseño de este tipo de alumbrado la reducción de la luz intrusa.
- Se establecen las siguientes características, calendario y horarios de funcionamiento.
Artículo 13. Iluminación con proyectores
1 La iluminación con proyectores ha de cumplir los requisitos establecidos en esta
ordenanza, así como en el reglamento de eficiencia energética y demás normativa de
aplicación.
1. Se utilizarán proyectores asimétricos para un mejor control de la emisión de luz.
2. Con carácter general, los proyectores cumplirán los niveles de iluminación asociados al
uso de los mismos.
3. Para la iluminación de superficies horizontales, siempre que sea posible, los proyectores
se colocarán en posición horizontal, de modo que se minimice la emisión de luz hacia el
hemisferio superior.
4. Los proyectores para la iluminación de superficies verticales se colocarán en la parte
superior del elemento a iluminar, emitiendo la luz de arriba hacia abajo y con los apan-
tallamientos que sean necesarios para el cumplimiento de lo establecido en la presente
ordenanza.
5. Se cumplirán las prescripciones relativas a las características de las lámparas, en fun-
ción de la zona lumínica en que la instalación se encuentre.
6. Las instalaciones de iluminación con proyectores de actividades deportivas al aire libre
han de disponer de la sectorización necesaria y los dispositivos de encendido y apagado
Ayuntamiento de Oliva de Plasencia
Plza. del Llano, s/n, Oliva de Plasencia. 10667 (Cáceres). Tfno. 927454795. Fax: 927454716
CVE:
BOP-2022-4431
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de septiembre de 2022
N.º 0184
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funcionamiento del mismo, incluidas las correspondientes excepciones.
Artículo 12. Alumbrado festivo y navideño
En el diseño y uso del alumbrado festivo y navideño se aplicarán las siguientes
directrices:
- Reducir el horario de encendido en la medida de lo posible, adecuándolo a las ho-
ras nocturnas de mayor tránsito de personas.
- Ajustar el número de días de encendido al periodo festivo.
- Disminuir al mínimo posible, la potencia y flujo luminoso instalados. En todo caso, se
cumplirán los valores máximos de potencia instalada establecidos en el reglamento de
eficiencia energética.
- Seleccionar el número de calles a iluminar en función del tránsito de personas.
- Priorizar en el diseño de este tipo de alumbrado la reducción de la luz intrusa.
- Se establecen las siguientes características, calendario y horarios de funcionamiento.
Artículo 13. Iluminación con proyectores
1 La iluminación con proyectores ha de cumplir los requisitos establecidos en esta
ordenanza, así como en el reglamento de eficiencia energética y demás normativa de
aplicación.
1. Se utilizarán proyectores asimétricos para un mejor control de la emisión de luz.
2. Con carácter general, los proyectores cumplirán los niveles de iluminación asociados al
uso de los mismos.
3. Para la iluminación de superficies horizontales, siempre que sea posible, los proyectores
se colocarán en posición horizontal, de modo que se minimice la emisión de luz hacia el
hemisferio superior.
4. Los proyectores para la iluminación de superficies verticales se colocarán en la parte
superior del elemento a iluminar, emitiendo la luz de arriba hacia abajo y con los apan-
tallamientos que sean necesarios para el cumplimiento de lo establecido en la presente
ordenanza.
5. Se cumplirán las prescripciones relativas a las características de las lámparas, en fun-
ción de la zona lumínica en que la instalación se encuentre.
6. Las instalaciones de iluminación con proyectores de actividades deportivas al aire libre
han de disponer de la sectorización necesaria y los dispositivos de encendido y apagado
Ayuntamiento de Oliva de Plasencia
Plza. del Llano, s/n, Oliva de Plasencia. 10667 (Cáceres). Tfno. 927454795. Fax: 927454716
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