Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2022-4411)
BOP-2022-4411 Aprobación definitiva del Reglamento de uso del Circuito Municipal de bicicletas todo terreno (BTT).
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conjuntamente, y no sea posible determinar el grado de participación de cada una,
responderán todas de forma solidaria, conforme a lo establecido en la legislación sobre
procedimiento administrativo común.
Artículo 34. Procedimiento.
La potestad sancionadora se ejercerá mediante el procedimiento establecido en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Artículo 35. Prescripción de infracciones y sanciones.
1. Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las
leves a los seis meses.
2. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas
por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año.
Disposición Final Única. Publicación y entrada en vigor.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases del Régimen Local, este Reglamento entrará en vigor, cuando se haya publicado
completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 salvo los
presupuestos y las ordenanzas fiscales que se publican y entran en vigor en los términos
establecidos en la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Trujillo, 19 de septiembre de 2022
José Antonio Redondo Rodríguez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2022-4411
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de septiembre de 2022
N.º 0183
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responderán todas de forma solidaria, conforme a lo establecido en la legislación sobre
procedimiento administrativo común.
Artículo 34. Procedimiento.
La potestad sancionadora se ejercerá mediante el procedimiento establecido en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Artículo 35. Prescripción de infracciones y sanciones.
1. Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las
leves a los seis meses.
2. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas
por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año.
Disposición Final Única. Publicación y entrada en vigor.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases del Régimen Local, este Reglamento entrará en vigor, cuando se haya publicado
completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 salvo los
presupuestos y las ordenanzas fiscales que se publican y entran en vigor en los términos
establecidos en la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Trujillo, 19 de septiembre de 2022
José Antonio Redondo Rodríguez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2022-4411
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de septiembre de 2022
N.º 0183
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