Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2022-4400)
BOP-2022-4400 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora del funcionamiento de la Pista de Pádel municipal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a.
b.
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Artículo 3.- Competencias.
Además de las competencias genéricas atribuidas a la Alcaldía por el artículo 21 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, queda facultada
expresamente para:
Exigir responsabilidades e indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados a las
instalaciones, así como imponer sanciones a los usuarios por el incumplimiento de lo
establecido en esta Ordenanza.
Alterar, por necesidad del servicio público, de interés general o fuerza mayor, el orden
de preferencia en la utilización del servicio y los horarios de apertura y cierre.
TÍTULO I. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
Artículo 4.- Usuarios/as.
1. Podrá utilizar las pistas de pádel municipales cualquier persona que lo solicite, de acuerdo
con el procedimiento establecido en la presente Ordenanza.
2. Queda prohibido el uso de las pistas de pádel:
A los/as menores de 12 años, salvo que se encuentre bajo la supervisión de una
persona mayor de edad.
A aquellas personas que hayan sido sancionadas conforme a la esta Ordenanza y
durante el tiempo que dure la sanción.
Para dar clases por parte de particulares, salvo las organizadas con intervención del
Ayuntamiento.
Artículo 5.- Equipamiento y uso.
Para la utilización de la pista se deberá utilizar calzado deportivo adecuado, así como raquetas
y pelotas propias de pádel. La pista está adecuada para la práctica de pádel, por lo que está
prohibido cualquier otro juego. Antes de entrar en la pista, los jugadores deberán eliminar los
restos de tierra o barro que pudieran llevar sus zapatillas. Igualmente, al salir de la pista
procurarán no dejar abandonaros utensilios, complementos, ropas, botes de pelotas o botellas
que haya utilizado.
Artículo 6.- Horarios.
El acceso a la pista tendrá lugar en el siguiente horario: de 09:00 a 00:00 horas. El horario
podrá ser modificado por acuerdo del Ayuntamiento, según las necesidades.
CVE:
BOP-2022-4400
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de septiembre de 2022
N.º 0183
Pág. 18998
b.
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Artículo 3.- Competencias.
Además de las competencias genéricas atribuidas a la Alcaldía por el artículo 21 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, queda facultada
expresamente para:
Exigir responsabilidades e indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados a las
instalaciones, así como imponer sanciones a los usuarios por el incumplimiento de lo
establecido en esta Ordenanza.
Alterar, por necesidad del servicio público, de interés general o fuerza mayor, el orden
de preferencia en la utilización del servicio y los horarios de apertura y cierre.
TÍTULO I. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
Artículo 4.- Usuarios/as.
1. Podrá utilizar las pistas de pádel municipales cualquier persona que lo solicite, de acuerdo
con el procedimiento establecido en la presente Ordenanza.
2. Queda prohibido el uso de las pistas de pádel:
A los/as menores de 12 años, salvo que se encuentre bajo la supervisión de una
persona mayor de edad.
A aquellas personas que hayan sido sancionadas conforme a la esta Ordenanza y
durante el tiempo que dure la sanción.
Para dar clases por parte de particulares, salvo las organizadas con intervención del
Ayuntamiento.
Artículo 5.- Equipamiento y uso.
Para la utilización de la pista se deberá utilizar calzado deportivo adecuado, así como raquetas
y pelotas propias de pádel. La pista está adecuada para la práctica de pádel, por lo que está
prohibido cualquier otro juego. Antes de entrar en la pista, los jugadores deberán eliminar los
restos de tierra o barro que pudieran llevar sus zapatillas. Igualmente, al salir de la pista
procurarán no dejar abandonaros utensilios, complementos, ropas, botes de pelotas o botellas
que haya utilizado.
Artículo 6.- Horarios.
El acceso a la pista tendrá lugar en el siguiente horario: de 09:00 a 00:00 horas. El horario
podrá ser modificado por acuerdo del Ayuntamiento, según las necesidades.
CVE:
BOP-2022-4400
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de septiembre de 2022
N.º 0183
Pág. 18998