Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4392)
BOP-2022-4392 Bases reguladoras y convocatoria de Subvenciones para realizar Proyectos de igualdad y Coeducativos, curso escolar 2022-2023.
32 páginas totales
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de investigaciones o publicaciones 0,50 puntos.
7. Ámbito territorial. Se valorará el desarrollo de las actividades del proyecto en municipios con
menor número de habitantes (1 punto).
Actividades del proyecto en municipios de más de 2.000 habitantes (0,5 puntos).
Actividades del proyecto en municipios de hasta 2.000 habitantes: (1 punto).
8. Visibilidad del proyecto y de sus resultados a la sociedad en general (hasta 1 punto).
Se contempla al menos una actividad de difusión del proyecto en la localidad. (0,5 puntos).
Se contemplan dos o más actividades de difusión del proyecto en la localidad. (1 punto).
La puntuación mínima exigida para que un proyecto pueda ser financiado será de 6 puntos.
La aportación máxima de la Diputación para cada entidad beneficiaria será de CUATRO MIL
EUROS (4.000,00 €).
Los proyectos que hayan alcanzado la puntuación mínima de 6 puntos, superando así la
evaluación técnica, se subvencionarán atendiendo al límite establecido de los 4.000,00 €,
concediéndose las subvenciones por orden de puntuación de mayor a menor hasta el
agotamiento de los fondos previstos en esta convocatoria.
El total de subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible para la
presente convocatoria de subvenciones (100.000,00 €) expresado en la BASE SEGUNDA.
BASE OCTAVA. INSTRUCCIÓN. COMISIÓN DE VALORACIÓN. REFORMULACIÓN.
RESOLUCIÓN. NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
El procedimiento de concesión de la subvención dentro de la presente convocatoria será el de
concurrencia competitiva.
INSTRUCCIÓN.
La instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Igualdad, Política Social y
Cooperación Internacional con las atribuciones que le confiere el artículo 24 de la LGS.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán examinadas por el Órgano
Gestor. Ante errores subsanables en la solicitud, se requerirá a la entidad interesada que
proceda a corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. En caso de no resolver
adecuadamente la subsanación, se le tendrá por desistida del expediente, de conformidad con
CVE:
BOP-2022-4392
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de septiembre de 2022
N.º 0183
Pág. 18966
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de investigaciones o publicaciones 0,50 puntos.
7. Ámbito territorial. Se valorará el desarrollo de las actividades del proyecto en municipios con
menor número de habitantes (1 punto).
Actividades del proyecto en municipios de más de 2.000 habitantes (0,5 puntos).
Actividades del proyecto en municipios de hasta 2.000 habitantes: (1 punto).
8. Visibilidad del proyecto y de sus resultados a la sociedad en general (hasta 1 punto).
Se contempla al menos una actividad de difusión del proyecto en la localidad. (0,5 puntos).
Se contemplan dos o más actividades de difusión del proyecto en la localidad. (1 punto).
La puntuación mínima exigida para que un proyecto pueda ser financiado será de 6 puntos.
La aportación máxima de la Diputación para cada entidad beneficiaria será de CUATRO MIL
EUROS (4.000,00 €).
Los proyectos que hayan alcanzado la puntuación mínima de 6 puntos, superando así la
evaluación técnica, se subvencionarán atendiendo al límite establecido de los 4.000,00 €,
concediéndose las subvenciones por orden de puntuación de mayor a menor hasta el
agotamiento de los fondos previstos en esta convocatoria.
El total de subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible para la
presente convocatoria de subvenciones (100.000,00 €) expresado en la BASE SEGUNDA.
BASE OCTAVA. INSTRUCCIÓN. COMISIÓN DE VALORACIÓN. REFORMULACIÓN.
RESOLUCIÓN. NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
El procedimiento de concesión de la subvención dentro de la presente convocatoria será el de
concurrencia competitiva.
INSTRUCCIÓN.
La instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Igualdad, Política Social y
Cooperación Internacional con las atribuciones que le confiere el artículo 24 de la LGS.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán examinadas por el Órgano
Gestor. Ante errores subsanables en la solicitud, se requerirá a la entidad interesada que
proceda a corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. En caso de no resolver
adecuadamente la subsanación, se le tendrá por desistida del expediente, de conformidad con
CVE:
BOP-2022-4392
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de septiembre de 2022
N.º 0183
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