Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañamero. (BOP-2022-4296)
BOP-2022-4296 Bases generales convocatoria proceso estabilización empleo temporal de este Ayuntamiento.
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Ayuntamiento de Cañamero
A N U N C I O
Habiéndose detectados errores en el Anuncio publicado en el BOP numero 171 de
fecha 6 de septiembre del actual, sobre bases generales convocatoria proceso
estabilización empleo temporal de este Ayuntamiento.
Se procede a su publicación de nuevo una vez corregido los errores:
Bases generales de los procesos selectivos que convoca el AYUNTAMIENTO DE
CAÑAMERO, en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo
temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad mediante
concurso de méritos.
EXPOSICIÓN
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, regula procesos especiales de estabilización de empleo
temporal con la finalidad de reducir la temporalidad en el empleo público y situarlo debajo del
8 por ciento en el conjunto de las Administraciones Públicas. La del Ayuntamiento de
Cañamero ha venido desarrollando procesos de estabilización y de consolidación de empleo
temporal al amparo de lo dispuesto en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de
2017 y 2018, además de lo previsto en la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido
del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a.
Estos procesos se han ido desarrollando a lo largo de ejercicios anteriores, incluso alguno está
desarrollándose aún, estando próximos a su finalización.
Otros, sin embargo, no han sido convocados con anterioridad y se han integrado en la Oferta
de Empleo Público que se ha aprobado al amparo de la Ley 20/2021.
En la Ley Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se autoriza una Oferta de Empleo Público
especial que no consume tasa de reposición, para incluir en ella aquellas plazas de naturaleza
estructural, que, estando o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra
forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas
Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de
forma temporal e ininterrumpidamente con anterioridad a 1 de enero de 2016, conforme a la
disposición adicional sexta.
Además, se han de incluir aquellas plazas vacantes de carácter estructural ocupadas de forma
temporal con anterioridad a 1 de enero de 2016, según se regula en la disposición adicional
octava. En ambos casos, estas últimas convocatorias deberán ser reguladas a través del
procedimiento de concurso de méritos.
Ayuntamiento de Cañamero
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Jueves, 15 de septiembre de 2022
N.º 0177
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