Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2022-4243)
BOP-2022-4243 Convocatoria para la concesión de Subvenciones para las actividades a desarrollar por las Entidades Juveniles de Plasencia 2022.
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f) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
NOVENA: LÍMITES DE LAS SUBVENCIONES Y COMPATIBILIDAD.
Las subvenciones que se concedan a las distintas asociaciones, o entidades, serán ÚNICAS
para todas las actividades que esas asociaciones celebren en el año en curso y que estén
previstas en el programa o proyecto de la asociación o entidad, presentado para la obtención
de la subvención.
Esta Orden de subvenciones es incompatible con cualquier otra subvención o colaboración que
el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia haya concedido o vaya a conceder a una Entidad Juvenil
para el mismo proyecto o programa presentado durante 2022. El importe máximo de la
subvención que podrá percibir cada beneficiario/a no excederá en ningún caso de 2.500,00
euros.
Las subvenciones reguladas en estas bases serán compatibles con cualquier otra subvención,
ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad u objeto, procedente de cualquier otra
administración o entes privados o públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos
internacionales, sin que, en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras, puedan
superar el importe de la actividad subvencionada.
En el caso de que una asociación o entidad, solicite la subvención regulada en las presentes
bases y hubiera sido beneficiaria de otra, con anterioridad o con posterioridad a la presentación
de la presente solicitud, para la misma finalidad o concepto, deberá de comunicar dicha
circunstancia al Ayuntamiento a los efectos de que se modifique la resolución de concesión.
DÉCIMA: FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE LOS PROYECTOS.
El importe de la subvención concedida se abonará con cargo a los presupuestos del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia para el año 2022.
Una vez finalizado el proyecto, y en el plazo máximo de tres meses a partir de la finalización
del cobro de la subvención, la Entidad beneficiada deberá presentar la siguiente
documentación justificativa:
a) Anexo IV (DECLARACIÓN DE GASTOS DE LA SUBVENCIÓN RECIBIDA).
b) Una memoria técnica de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de
los resultados obtenidos, acompañando a dicha Memoria. En dicha memoria se especificarán
CVE:
BOP-2022-4243
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de septiembre de 2022
N.º 0172
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