Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4215)
BOP-2022-4215 Bases Reguladoras Segunda Edición de la Convocatoria de Subvenciones "Cáceres Destino Digital" para el Fomento de la Relocalización de Puestos de Trabajo y la Implantación del Teletrabajo en la Provincia de Cáceres. Ejercicio 2022.
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BASE SEGUNDA: LÍNEAS DE ACTUACIÓN.
Se establecen las siguientes líneas de financiación.
- Línea 1. Generación de talento.
Especialización.
Recualificación.
- Línea 2 . Relocalización del talento, empresas y servicios.
Apertura de nuevos Centros de Trabajo y/o ampliación de puestos de trabajo.
Fomento del teletrabajo.
- Línea 3 . Centros de trabajo compartido (COWORKING).
El importe de las ayudas de las líneas estará en función del ámbito territorial donde se
desarrolle la actuación, diferenciando este ámbito entre el conjunto de localidades de menos de
20.000 habitantes y el de mayor de este número de habitantes, cumpliendo los requisitos que
correspondan en cada caso, en función de la línea a la que opten.
2.1 LÍNEA 1: GENERACIÓN DE TALENTO.
La finalidad de esta línea es abordar la insuficiencia de talento tecnológico existente en la
provincia. Las empresas optan por diferentes procesos para la resolución del problema y uno
de los formatos por el que están apostando es el de generar programas de formación propios
de donde obtener profesionales funcionales para su actividad.
Podrán ser destinatarias de la ayuda las entidades legalmente constituidas, que cumplan los
siguientes requisitos:
Tener sede social o domicilio fiscal en cualquier población de la Unión Europea.
Tener una actividad empresarial relacionada con la definición objeto de la convocatoria.
Contar con un compromiso de contratación mínimo de al menos el 10% del personal
formado y tener como destino del puesto de trabajo una localidad de la Provincia de
Cáceres.
El importe de las ayudas se establece en la base cuarta en función del ámbito territorial de
desarrollo de la actuación y se establece un máximo de 1 edición por cada empresa solicitante.
CVE:
BOP-2022-4215
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de septiembre de 2022
N.º 0172
Pág. 18011
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BASE SEGUNDA: LÍNEAS DE ACTUACIÓN.
Se establecen las siguientes líneas de financiación.
- Línea 1. Generación de talento.
Especialización.
Recualificación.
- Línea 2 . Relocalización del talento, empresas y servicios.
Apertura de nuevos Centros de Trabajo y/o ampliación de puestos de trabajo.
Fomento del teletrabajo.
- Línea 3 . Centros de trabajo compartido (COWORKING).
El importe de las ayudas de las líneas estará en función del ámbito territorial donde se
desarrolle la actuación, diferenciando este ámbito entre el conjunto de localidades de menos de
20.000 habitantes y el de mayor de este número de habitantes, cumpliendo los requisitos que
correspondan en cada caso, en función de la línea a la que opten.
2.1 LÍNEA 1: GENERACIÓN DE TALENTO.
La finalidad de esta línea es abordar la insuficiencia de talento tecnológico existente en la
provincia. Las empresas optan por diferentes procesos para la resolución del problema y uno
de los formatos por el que están apostando es el de generar programas de formación propios
de donde obtener profesionales funcionales para su actividad.
Podrán ser destinatarias de la ayuda las entidades legalmente constituidas, que cumplan los
siguientes requisitos:
Tener sede social o domicilio fiscal en cualquier población de la Unión Europea.
Tener una actividad empresarial relacionada con la definición objeto de la convocatoria.
Contar con un compromiso de contratación mínimo de al menos el 10% del personal
formado y tener como destino del puesto de trabajo una localidad de la Provincia de
Cáceres.
El importe de las ayudas se establece en la base cuarta en función del ámbito territorial de
desarrollo de la actuación y se establece un máximo de 1 edición por cada empresa solicitante.
CVE:
BOP-2022-4215
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de septiembre de 2022
N.º 0172
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