Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2022-4168)
BOP-2022-4168 Aprobación definitiva I Plan de Empleo Público Local para el ejercicio 2022.
20 páginas totales
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Por ello, las contrataciones se podrán hacer a través del nuevo “contrato para la mejora de la
ocupabilidad y la inserción laboral” en el marco de los Programas de Activación para el
Empleo”(D.A. novena del RDL 3/2015 según redacción del RDL 32/2021) por un período
máximo de 12 meses, en los planes cuyas bases reguladoras se han aprobado después del 31
de diciembre de 2021.
En los programas cuyas bases reguladoras se aprobaron antes de dicha fecha, los contratos
podrían formalizarse por más de 12 meses si así lo contemplan las bases y con la duración
máxima que establezca el programa (D.T. segunda RDL 3/2022).
El tipo de contrato será en todos los casos el 405 (jornada completa) o 505 (jornada parcial).
7. Colaboración con el SEXPE.
Las selecciones que así se determinen en las Bases de las convocatorias correspondientes
podrán ser llevadas a cabo a través de solicitud de preselección de demandantes de empleo
dirigida al SEXPE, conforme al art. 96.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura.
La utilización de este mecanismo excepcional en la selección del empleo público incluido en el
presente Plan está plenamente justificado en la consecución de los objetivos del mismo, los
cuales sólo pueden garantizarse mediante la utilización de dicho mecanismo legal.
8. Constitución de Bolsas de Empleo.
De cada una de las selecciones se constituirá una bolsa de empleo con una duración máxima
igual a la duración del contrato formalizado. Las bases de cada convocatoria concretarán el
régimen de funcionamiento de dichas listas de espera.
Para la participación en los procesos de selección que sean convocados en el marco de este
Plan, sin perjuicio del respeto obligatorio de los principios de igualdad, mérito y capacidad, en
el marco de la política municipal de empleo para garantizar el cumplimiento de los objetivos
señalados en el punto 4, se determinan los siguientes requisitos adicionales para la admisión
de los/as aspirantes:
Ostentar la condición de desempleado/a a la fecha de presentación de solicitud de
participación en el proceso de selección en el que se postule.
CVE:
BOP-2022-4168
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
Pág. 17811
Por ello, las contrataciones se podrán hacer a través del nuevo “contrato para la mejora de la
ocupabilidad y la inserción laboral” en el marco de los Programas de Activación para el
Empleo”(D.A. novena del RDL 3/2015 según redacción del RDL 32/2021) por un período
máximo de 12 meses, en los planes cuyas bases reguladoras se han aprobado después del 31
de diciembre de 2021.
En los programas cuyas bases reguladoras se aprobaron antes de dicha fecha, los contratos
podrían formalizarse por más de 12 meses si así lo contemplan las bases y con la duración
máxima que establezca el programa (D.T. segunda RDL 3/2022).
El tipo de contrato será en todos los casos el 405 (jornada completa) o 505 (jornada parcial).
7. Colaboración con el SEXPE.
Las selecciones que así se determinen en las Bases de las convocatorias correspondientes
podrán ser llevadas a cabo a través de solicitud de preselección de demandantes de empleo
dirigida al SEXPE, conforme al art. 96.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura.
La utilización de este mecanismo excepcional en la selección del empleo público incluido en el
presente Plan está plenamente justificado en la consecución de los objetivos del mismo, los
cuales sólo pueden garantizarse mediante la utilización de dicho mecanismo legal.
8. Constitución de Bolsas de Empleo.
De cada una de las selecciones se constituirá una bolsa de empleo con una duración máxima
igual a la duración del contrato formalizado. Las bases de cada convocatoria concretarán el
régimen de funcionamiento de dichas listas de espera.
Para la participación en los procesos de selección que sean convocados en el marco de este
Plan, sin perjuicio del respeto obligatorio de los principios de igualdad, mérito y capacidad, en
el marco de la política municipal de empleo para garantizar el cumplimiento de los objetivos
señalados en el punto 4, se determinan los siguientes requisitos adicionales para la admisión
de los/as aspirantes:
Ostentar la condición de desempleado/a a la fecha de presentación de solicitud de
participación en el proceso de selección en el que se postule.
CVE:
BOP-2022-4168
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
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