Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-4156)
BOP-2022-4156 Convenio abastecimiento alta Ayuntamiento Peraleda de San Román.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Cuarto. - El artículo 11.1 de la LRJSP establece que “La realización de
actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos
administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros
órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración,
siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o
cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.”
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 11.3.b) de la LRJSP la
formalización de las encomiendas de gestión cuando se realice entre órganos y
Entidades de Derecho Público de distintas Administraciones se formalizará
mediante firma del correspondiente convenio entre ellas.
Quinto. - Que el AYUNTAMIENTO, en la sesión plenaria de XX de XXXX de
2021 ha adoptado el acuerdo de encomienda de gestión al Consorcio MásMedio
de la prestación del servicio de abastecimiento de agua en “alta” o aducción.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del
correspondiente convenio.
Por cuanto antecede, de conformidad con el artículo 11 de la LRJSP,
suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación de los
servicios municipales la gestión del servicio de abastecimiento en “alta” o
“aducción” y actividades conexas, al AYUNTAMIENTO.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo
establecido en los artículos 8 y 11 de la LRJSP, en relación con los artículos 25.2.1,
26 y 57 de la LRBRL, 15.1.b), 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía
de la Autonomía municipal de Extremadura, el artículo 152 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL, cuyas
competencias gestionará, en encomienda de gestión, con carácter
supramunicipal, el Consorcio MásMedio.
CVE:
BOP-2022-4156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
Pág. 17723
Cuarto. - El artículo 11.1 de la LRJSP establece que “La realización de
actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos
administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros
órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración,
siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o
cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.”
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 11.3.b) de la LRJSP la
formalización de las encomiendas de gestión cuando se realice entre órganos y
Entidades de Derecho Público de distintas Administraciones se formalizará
mediante firma del correspondiente convenio entre ellas.
Quinto. - Que el AYUNTAMIENTO, en la sesión plenaria de XX de XXXX de
2021 ha adoptado el acuerdo de encomienda de gestión al Consorcio MásMedio
de la prestación del servicio de abastecimiento de agua en “alta” o aducción.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del
correspondiente convenio.
Por cuanto antecede, de conformidad con el artículo 11 de la LRJSP,
suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación de los
servicios municipales la gestión del servicio de abastecimiento en “alta” o
“aducción” y actividades conexas, al AYUNTAMIENTO.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo
establecido en los artículos 8 y 11 de la LRJSP, en relación con los artículos 25.2.1,
26 y 57 de la LRBRL, 15.1.b), 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía
de la Autonomía municipal de Extremadura, el artículo 152 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL, cuyas
competencias gestionará, en encomienda de gestión, con carácter
supramunicipal, el Consorcio MásMedio.
CVE:
BOP-2022-4156
Verificable
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Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
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