Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-4156)
BOP-2022-4156 Convenio abastecimiento alta Ayuntamiento Peraleda de San Román.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
mediante acuerdo del órgano municipal competente, la adhesión a uno o a varios de
los servicios que preste el Consorcio, reflejándose la opción elegida en el
correspondiente acuerdo y mediante la fórmula administrativa que se considere
oportuna.”
El artículo 3.4 de los Estatutos del Consorcio dispone que “El Consorcio
tendrá por objeto garantizar, de forma preferente, mediante una fórmula de gestión
compartida y de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 7/85, los servicios
mínimos obligatorios de recogida y tratamiento de residuos y abastecimiento de agua
potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.”
Asimismo, y conforme lo dispuesto en el artículo 37 de los Estatutos del
Consorcio MásMedio: “El Consorcio podrá suscribir convenios de colaboración con
cualquiera de las entidades consorciadas u otras entidades de derecho público o
privado para la consecución de los fines y objetivos definidos en el artículo 3 de estos
estatutos. El convenio suscrito a tales efectos definirá su naturaleza, el compromiso
de las partes firmantes y las condiciones de su cumplimiento.”
Tercero. El AYUNTAMIENTO a fin de garantizar la economía de recursos y
el desarrollo sostenible estima necesario coordinarse con el Consorcio
MásMedio encomendándole la gestión del servicio de abastecimiento de agua en
“alta” o aducción y actividades conexas, pudiendo prestar de esta manera un
servicio más económico y en condiciones más ventajosas.
Esta encomienda de gestión se realiza al amparo de lo dispuesto en los
artículos 57 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen
Local, en adelante LRBRL, el artículo 110 del Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones
legales vigentes en materia de Régimen Local, los artículos 15 y 18 de la Ley
3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura
del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en adelante LRJSP, los artículos 152 y 154 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, en adelante TRLHL, los artículos 37 a 40
del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales y demás normativa de
desarrollo, así como sus Estatutos cuyo texto consolidado actualmente vigente
fue publicado en el BOP Nº 0199, de 16 de octubre de 2020.
CVE:
BOP-2022-4156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
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