Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2022-4109)
BOP-2022-4109 Aprobación definitiva de la Modificación de los Estatutos del Consejo Municipal de Medio Ambiente de Miajadas (Cáceres).
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Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
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1. Solicitar la información y documentación necesarias al Ayuntamiento para la elaboración de sus
estudios e informes
2. Solicitar de otras Administraciones, Instituciones u Organizaciones la información que estime
necesaria
3. Promover reuniones con la participación de personas cualificadas técnicamente o representativas
de los distintos sectores influyentes en el ámbito del medio ambiente municipal para debatir cuestiones
sobre las que haya de pronunciarse el Consejo.
TÍTULO III
COMPOSICIÓN
Artículo 11. Composición
En el CMMA deben estar representados al menos los siguientes sectores: industria, comercio, agricultura,
asociaciones vecinales, ONGS, asociaciones ecologistas, profesionales, sector privado y otras
administraciones.
El CMMA estará formado por 23 miembros, según la siguiente estructura:
a) Presidente
b) Vicepresidente
c) Secretario
d) Pleno del Consejo
e) Comisión Permanente
f) Comisiones específicas de trabajo.
La lista de integrantes del Consejo estará abierta a posibles incorporaciones y modificaciones posteriores.
CAPÍTULO I: DE LA PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIA Y SECRETARÍA
Artículo 12. El Presidente
El presidente del CMMA de Miajadas será el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Miajadas, Corporativo
Municipal en quien delegue o persona distinta expresamente nombrada por el mismo para este fin , oído
en este caso el Pleno del Consejo.
Artículo 13. Funciones de la Presidencia
1. Ostentar la representación del Consejo y dirigir, promover y coordinar su actuación.
2. Convocar las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente así como presidirlas y moderar el
desarrollo de sus debates.
3. Formular el Orden del Día de las reuniones del Pleno y de la Comisión Permanente.
4. Ordenar la tramitación de los Acuerdos del Consejo, disponer su cumplimiento y visar las Actas
de sus reuniones, asegurando su difusión cuando ello fuese necesario.
5. Resolver cualquier asunto que por su carácter urgente e inaplazable así lo aconseje, sin perjuicio
de dar cuenta en la siguiente sesión que celebre el Pleno o la Comisión Permanente.
6. Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos.
7. Cursar invitación a cuantos Técnicos Municipales y/o agentes externos considere oportuno, para
asistencia a las sesiones.
Artículo 14. El Vicepresidente y sus funciones
El Pleno del CMMA designará de entre sus miembros a un Vicepresidente
Son funciones del Vicepresidente las siguientes:
1. Sustituir al Presidente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.
2. Las que expresamente pudieran serles delegadas por el Presidente.
3. La asistencia y colaboración con la Presidencia en el cumplimiento de sus funciones.
4. Cuantas otras se establezcan en los presentes Estatutos.
Artículo 15. El Secretario y sus funciones.
Documento
Firmado
Electrónicamente
-
CSV:D54D2FE6-D4A2-44D7-B7C9-6494DA0C7413-619281
CVE:
BOP-2022-4109
Verificable
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Miércoles, 31 de agosto de 2022
N.º 0167
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estudios e informes
2. Solicitar de otras Administraciones, Instituciones u Organizaciones la información que estime
necesaria
3. Promover reuniones con la participación de personas cualificadas técnicamente o representativas
de los distintos sectores influyentes en el ámbito del medio ambiente municipal para debatir cuestiones
sobre las que haya de pronunciarse el Consejo.
TÍTULO III
COMPOSICIÓN
Artículo 11. Composición
En el CMMA deben estar representados al menos los siguientes sectores: industria, comercio, agricultura,
asociaciones vecinales, ONGS, asociaciones ecologistas, profesionales, sector privado y otras
administraciones.
El CMMA estará formado por 23 miembros, según la siguiente estructura:
a) Presidente
b) Vicepresidente
c) Secretario
d) Pleno del Consejo
e) Comisión Permanente
f) Comisiones específicas de trabajo.
La lista de integrantes del Consejo estará abierta a posibles incorporaciones y modificaciones posteriores.
CAPÍTULO I: DE LA PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIA Y SECRETARÍA
Artículo 12. El Presidente
El presidente del CMMA de Miajadas será el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Miajadas, Corporativo
Municipal en quien delegue o persona distinta expresamente nombrada por el mismo para este fin , oído
en este caso el Pleno del Consejo.
Artículo 13. Funciones de la Presidencia
1. Ostentar la representación del Consejo y dirigir, promover y coordinar su actuación.
2. Convocar las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente así como presidirlas y moderar el
desarrollo de sus debates.
3. Formular el Orden del Día de las reuniones del Pleno y de la Comisión Permanente.
4. Ordenar la tramitación de los Acuerdos del Consejo, disponer su cumplimiento y visar las Actas
de sus reuniones, asegurando su difusión cuando ello fuese necesario.
5. Resolver cualquier asunto que por su carácter urgente e inaplazable así lo aconseje, sin perjuicio
de dar cuenta en la siguiente sesión que celebre el Pleno o la Comisión Permanente.
6. Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos.
7. Cursar invitación a cuantos Técnicos Municipales y/o agentes externos considere oportuno, para
asistencia a las sesiones.
Artículo 14. El Vicepresidente y sus funciones
El Pleno del CMMA designará de entre sus miembros a un Vicepresidente
Son funciones del Vicepresidente las siguientes:
1. Sustituir al Presidente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.
2. Las que expresamente pudieran serles delegadas por el Presidente.
3. La asistencia y colaboración con la Presidencia en el cumplimiento de sus funciones.
4. Cuantas otras se establezcan en los presentes Estatutos.
Artículo 15. El Secretario y sus funciones.
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