Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2022-4109)
BOP-2022-4109 Aprobación definitiva de la Modificación de los Estatutos del Consejo Municipal de Medio Ambiente de Miajadas (Cáceres).
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3. Emitir informes facultativos, no vinculantes, a petición de los órganos competentes, sobre
propuestas, proyectos y normas que pudiera desarrollar el Ayuntamiento de Miajadas en materia de Medio
Ambiente, tales como el Proyecto de Presupuestos de la Concejalía de Medio Ambiente, el Proyecto de
Ordenanzas Municipales específicas sobre Medio Ambiente, el Proyecto de Planes e inversiones que afecten
a la gestión ambiental y los Convenios de colaboración y coordinación con otras Administraciones y
entidades referentes a la mejora ambiental del municipio.
4. Trasladar la opinión de los grupos a los que representan, y de la ciudadanía en general, sobre los
problemas y prioridades futuras del municipio.
5. Realizar propuestas concretas para la protección, mejora y restauración del Medio Ambiente e
impulsar una política de concienciación ciudadana sobre los problemas ambientales y de sostenibilidad,
mediante campañas de información y divulgación, fomentando la educación en medio ambiente.
6. Colaborar en la propuesta y revisión de los indicadores de sostenibilidad de Miajadas.
7. Velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de medio ambiente y elevar quejas
o denuncias por actuaciones u omisiones que incidan en el medio ambiente del municipio.
8. Delegar en las Comisiones o Grupos de Trabajo específico, dentro del Consejo, las funciones que
estime oportunas.
9. Discutir políticas municipales y proyectos concretos, bajo el prisma de la sostenibilidad y del orden
de prioridades establecido.
10. Poner en marcha planes e iniciativas de forma autónoma (diseño y desarrollo de campañas de
educación, encuestas internas entre miembros de los diferentes colectivos, emisión de informes al
ayuntamiento sobre determinados aspectos, promoción del voluntariado...) o colaborando en el diseño y
desarrollo de programas municipales varios.
11. Conocer y aprobar la Memoria Anual de actuaciones de la Delegación Municipal de Medio Ambiente.
12. Cualesquiera otras que pudiera encomendarle el Ayuntamiento Pleno.
13. Validar las propuestas del documento estratégico: Plan de Acción Local de la AUE, supervisión de
su implementación, propuestas y evaluación del impacto de las actuaciones.
Artículo 7. Apoyo Municipal
El Ayuntamiento de Miajadas proporcionará toda la información y documentación necesarias para que el
CMMA realice sus funciones de manera adecuada. Asimismo facilitará el apoyo material, técnico y
administrativo que resulte necesario, sin perjuicio de las aportaciones que para este fin pudieran recibirse
de otras entidades representadas en el Consejo o provenientes de terceros.
Igualmente dará traslado a la Corporación Municipal o a cualquier área técnica de Ayuntamiento de
Miajadas de cualquier información o documentación que, aportadas por las entidades representadas en el
Consejo o procedentes de terceros, puedan ser de interés para el municipio.
Artículo 8. Carácter consultivo
Los estudios e informes emitidos por el CMMA tendrán carácter consultivo, informativo, no vinculante y
sus miembros no tendrán derecho a remuneración por el ejercicio de sus funciones.
Artículo 9. Plazos.
1. El plazo ordinario para la emisión de estudios e informes que le sean solicitados al Consejo será
se treinta días naturales contados a partir de la recepción de la documentación, sin perjuicio de lo dispuesto
en otras disposiciones legales o reglamentarias.
2. Cuando la complejidad del asunto lo demande, el Consejo, dentro de los 20 primeros días desde
la recepción de la solicitud de informes, podrá solicitar una ampliación del plazo por un máximo de otros
15 días naturales.
3. El plazo podrá reducirse cuando por razones de urgencia y oportunidad así lo aconsejen y, en
todo caso, cuando se emitan los informes relativos a los Presupuestos y Ordenanzas Municipales.
4. Transcurrido el plazo sin haberse realizado el pronunciamiento correspondiente, se entenderá por
decaída la oportunidad del mismo.
Artículo 10. Facultades.
Para el cumplimiento de las funciones que le competen, el CMMA tendrá las siguientes facultades:
Documento
Firmado
Electrónicamente
-
CSV:D54D2FE6-D4A2-44D7-B7C9-6494DA0C7413-619281
CVE:
BOP-2022-4109
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de agosto de 2022
N.º 0167
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