Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Cruz de Paniagua. (BOP-2022-4092)
BOP-2022-4092 Aprobación definitiva Ordenanza Alumbrado Público.
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de niveles lumínicos y de utilización de fuentes de luz, que eviten enviar luz de forma directa o
indirecta hacia el cielo.
Se considerará un sistema de iluminación sostenible aquel en el que la luz se emplea sólo
donde, cuando y como sea necesaria, sin perjuicio de la seguridad de los/as usuarios/as, con la
finalidad de:
a) Promover la eficiencia energética de los alumbrados exteriores mediante el ahorro de
energía, sin perjuicio de la seguridad de los/as usuarios/as.
b) Mantener al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas, en
beneficio de los ecosistemas en general.
c) Prevenir y minimizar los efectos del resplandor luminoso nocturno en la visión del
cielo nocturno.
d) Minimizar la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar,
especialmente, en entornos naturales e interior de edificios residenciales y por tanto,
disminuir sus molestias y perjuicios.
e) Adecuar los requerimientos y características técnicas de las instalaciones de
alumbrado exterior a las recomendaciones y normativas vigentes.
f) Salvaguardar la calidad del cielo nocturno y facilitar la visión del mismo como
patrimonio natural, cultural y científico, fomentando su explotación como recurso
económico.
El Ayuntamiento, comprometido en alcanzar un equilibrio social y ambiental, velará por el
cumplimiento de esta ordenanza teniendo en cuenta las competencias y atribuciones que le
confiere la normativa vigente.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Las disposiciones recogidas en la presente ordenanza serán de aplicación a:
1 Las nuevas instalaciones de alumbrado y dispositivos luminotécnicos exteriores, tanto
públicos como privados, en el municipio de Santa Cruz de Paniagua.
1. Las instalaciones existentes, sus modificaciones y ampliaciones, en los términos
recogidos en las disposiciones adicional primera, adicional segunda y transitoria primera.
CVE:
BOP-2022-4092
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de agosto de 2022
N.º 0166
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indirecta hacia el cielo.
Se considerará un sistema de iluminación sostenible aquel en el que la luz se emplea sólo
donde, cuando y como sea necesaria, sin perjuicio de la seguridad de los/as usuarios/as, con la
finalidad de:
a) Promover la eficiencia energética de los alumbrados exteriores mediante el ahorro de
energía, sin perjuicio de la seguridad de los/as usuarios/as.
b) Mantener al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas, en
beneficio de los ecosistemas en general.
c) Prevenir y minimizar los efectos del resplandor luminoso nocturno en la visión del
cielo nocturno.
d) Minimizar la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar,
especialmente, en entornos naturales e interior de edificios residenciales y por tanto,
disminuir sus molestias y perjuicios.
e) Adecuar los requerimientos y características técnicas de las instalaciones de
alumbrado exterior a las recomendaciones y normativas vigentes.
f) Salvaguardar la calidad del cielo nocturno y facilitar la visión del mismo como
patrimonio natural, cultural y científico, fomentando su explotación como recurso
económico.
El Ayuntamiento, comprometido en alcanzar un equilibrio social y ambiental, velará por el
cumplimiento de esta ordenanza teniendo en cuenta las competencias y atribuciones que le
confiere la normativa vigente.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Las disposiciones recogidas en la presente ordenanza serán de aplicación a:
1 Las nuevas instalaciones de alumbrado y dispositivos luminotécnicos exteriores, tanto
públicos como privados, en el municipio de Santa Cruz de Paniagua.
1. Las instalaciones existentes, sus modificaciones y ampliaciones, en los términos
recogidos en las disposiciones adicional primera, adicional segunda y transitoria primera.
CVE:
BOP-2022-4092
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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