Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezabellosa. (BOP-2022-4068)
BOP-2022-4068 Ordenanza Adminstración Electrónica.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
por la unidad de registro.
—No se dará salida, a través del registro electrónico, a ningún escrito o comunicación en día
inhábil.
—Se consideran días inhábiles, a efectos del registro electrónico de la Administración
Municipal, los sábados, domingos y los establecidos como días festivos en el calendario oficial
de fiestas laborales del Estado, de la Comunidad Autónoma y por los de la capitalidad del
municipio. A estos efectos, se podrá consultar el calendario publicado en la sede electrónica.
CAPÍTULO 5. NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
ARTÍCULO 18. Condiciones generales de las notificaciones.
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso,
cuando el/a interesado/a resulte obligado/a a recibirlas por esta vía.
No obstante, lo anterior, las Administraciones podrán practicar las notificaciones por medios no
electrónicos en los siguientes supuestos.
a) Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del/a
interesado/a o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y
solicite la comunicación o notificación personal en ese momento.
b) Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario
practicar la notificación por entrega directa de un/a empleado/a público/a de la
Administración notificante.
Con independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas siempre que permitan
tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el/a
interesado/a o su representante, de sus fechas y horas, del contenido íntegro, y de la identidad
fidedigna del/a remitente y destinatario/a de la misma. La acreditación de la notificación
efectuada se incorporará al expediente.
Los/as interesados/as que no estén obligados/as a recibir notificaciones electrónicas, podrán
decidir y comunicar en cualquier momento a la Administración Pública, mediante los modelos
normalizados que se establezcan al efecto, que las notificaciones sucesivas se practiquen o
dejen de practicarse por medios electrónicos.
CVE:
BOP-2022-4068
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de agosto de 2022
N.º 0165
Pág. 17290