Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2022-4035)
BOP-2022-4035 Aprobación definitiva Ordenanza de Administración Electrónica.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a.
b.
c.
El Ayuntamiento garantizará mediante los instrumentos técnicos pertinentes el control de las
fechas de publicación de los anuncios o edictos con el fin de asegurar la constatación de la
misma a efectos de cómputos de plazos.
ARTÍCULO 8. Publicidad activa.
El Ayuntamiento publicará de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento
sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el
funcionamiento y control de la actuación pública, todo ello de conformidad con la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
En este sentido, el Ayuntamiento publicará:
Información institucional, organizativa, y de planificación.
Información de relevancia jurídica, esto es normativa propia, tanto ordenanzas o
reglamentos como ordenanzas fiscales o cualesquiera otras disposiciones de carácter
general.
Información económica, presupuestaria y estadística.
ARTÍCULO 9. Perfil de contratante.
Desde la sede electrónica se accederá al perfil de contratante del Ayuntamiento, cuyo
contenido se ajustará a lo dispuesto en la normativa de contratación.
CAPÍTULO 4. REGISTRO ELECTRÓNICO
ARTÍCULO 10. Creación y funcionamiento del registro electrónico.
Mediante esta Ordenanza se crea el registro electrónico del Ayuntamiento de Membrío, se
determina el régimen de funcionamiento y se establecen los requisitos y condiciones que
habrán de observarse en la presentación y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones
que se transmitan por medios electrónicos.
El funcionamiento del registro electrónico se rige por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la
presente Ordenanza y, en lo no previsto por éstos, en la normativa de Derecho Administrativo
que le sea de aplicación.
CVE:
BOP-2022-4035
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de agosto de 2022
N.º 0163
Pág. 17103
b.
c.
El Ayuntamiento garantizará mediante los instrumentos técnicos pertinentes el control de las
fechas de publicación de los anuncios o edictos con el fin de asegurar la constatación de la
misma a efectos de cómputos de plazos.
ARTÍCULO 8. Publicidad activa.
El Ayuntamiento publicará de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento
sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el
funcionamiento y control de la actuación pública, todo ello de conformidad con la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
En este sentido, el Ayuntamiento publicará:
Información institucional, organizativa, y de planificación.
Información de relevancia jurídica, esto es normativa propia, tanto ordenanzas o
reglamentos como ordenanzas fiscales o cualesquiera otras disposiciones de carácter
general.
Información económica, presupuestaria y estadística.
ARTÍCULO 9. Perfil de contratante.
Desde la sede electrónica se accederá al perfil de contratante del Ayuntamiento, cuyo
contenido se ajustará a lo dispuesto en la normativa de contratación.
CAPÍTULO 4. REGISTRO ELECTRÓNICO
ARTÍCULO 10. Creación y funcionamiento del registro electrónico.
Mediante esta Ordenanza se crea el registro electrónico del Ayuntamiento de Membrío, se
determina el régimen de funcionamiento y se establecen los requisitos y condiciones que
habrán de observarse en la presentación y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones
que se transmitan por medios electrónicos.
El funcionamiento del registro electrónico se rige por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la
presente Ordenanza y, en lo no previsto por éstos, en la normativa de Derecho Administrativo
que le sea de aplicación.
CVE:
BOP-2022-4035
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de agosto de 2022
N.º 0163
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