Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-4019)
BOP-2022-4019 Publicación Bases Suvenciones Concurrencia Cultura 2022.
28 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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durante el ejercicio 2022, así como el desarrollo del procedimiento a seguir de conformidad con
lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el
Reglamento General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y
en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres (BOP N.º184
de 27 de septiembre de 2017).
Las actividades culturales objeto de esta convocatoria estarán relacionadas con la promoción y
creación de productos culturales y las actividades destinadas al fomento de la creatividad y la
participación ciudadana.
No serán objetos de subvención aquellas actividades que promuevan la apología de la
violencia, la discriminación, el consumo de sustancias tóxicas o adictivas o la intolerancia.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES.
El crédito presupuestario inicial asignado a esta convocatoria es de CINCUENTA MIL EUROS
(50.000 Euros) con cargo a la aplicación presupuestaria n.º 13 334 48900, ejercicio 2022.RC
n.º 220220005561.
La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario/a no podrá superar el 75% del presupuesto
del proyecto presentado y en ningún caso podrá ser superior a 4.500 €.
En ningún caso podrá rebasarse la cuantía máxima del crédito global fijado en esta
convocatoria.
BASE TERCERA. ACTIVIDADES Y PROYECTOS SUBVENCIONABLES.
1. Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos o actividades culturales y creativas que
a continuación se detallan y para los que se haya formulado la correspondiente solicitud:
Cualquier actividad cultural a desarrollar en el municipio de Cáceres, relacionada con la
promoción de las artes, las ciencias, las letras y los espectáculos de música, formaciones
corales y otros.
2. Solo será susceptible de ayuda una solicitud por persona física o jurídica, entidad, colectivos,
etc.
3. La concesión de subvención será compatible con la percepción de otras subvenciones,
ayudas o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o
entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, a
excepción del Ayuntamiento de Cáceres y organismos autónomos dependientes del mismo, y
CVE:
BOP-2022-4019
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de agosto de 2022
N.º 0162
Pág. 16969
lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el
Reglamento General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y
en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres (BOP N.º184
de 27 de septiembre de 2017).
Las actividades culturales objeto de esta convocatoria estarán relacionadas con la promoción y
creación de productos culturales y las actividades destinadas al fomento de la creatividad y la
participación ciudadana.
No serán objetos de subvención aquellas actividades que promuevan la apología de la
violencia, la discriminación, el consumo de sustancias tóxicas o adictivas o la intolerancia.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES.
El crédito presupuestario inicial asignado a esta convocatoria es de CINCUENTA MIL EUROS
(50.000 Euros) con cargo a la aplicación presupuestaria n.º 13 334 48900, ejercicio 2022.RC
n.º 220220005561.
La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario/a no podrá superar el 75% del presupuesto
del proyecto presentado y en ningún caso podrá ser superior a 4.500 €.
En ningún caso podrá rebasarse la cuantía máxima del crédito global fijado en esta
convocatoria.
BASE TERCERA. ACTIVIDADES Y PROYECTOS SUBVENCIONABLES.
1. Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos o actividades culturales y creativas que
a continuación se detallan y para los que se haya formulado la correspondiente solicitud:
Cualquier actividad cultural a desarrollar en el municipio de Cáceres, relacionada con la
promoción de las artes, las ciencias, las letras y los espectáculos de música, formaciones
corales y otros.
2. Solo será susceptible de ayuda una solicitud por persona física o jurídica, entidad, colectivos,
etc.
3. La concesión de subvención será compatible con la percepción de otras subvenciones,
ayudas o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o
entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, a
excepción del Ayuntamiento de Cáceres y organismos autónomos dependientes del mismo, y
CVE:
BOP-2022-4019
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de agosto de 2022
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