Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Cruz de la Sierra. (BOP-2022-3991)
BOP-2022-3991 Ordenanza Reguladora de Limpieza de Espacios Públicos y Gestión de Residuos Sólidos Urbanos.
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Queda prohibido el vertido de colillas y cualquier otro residuo de tabaco, papeles, chicles,
restos de comidas, latas, botellas, envoltorios, bolsas, plásticos y cualquier otra clase de
residuos, en las vías públicas.
Artículo 25.
Se prohíbe realizar las necesidades fisiológicas en la vía pública.
Artículo 26.
Queda prohibida la instalación de tendederos a la vía pública.
Artículo 27.
Se prohíbe sacudir prendas o alfombras en la vía pública o sobre la misma, desde ventanas,
balcones o terrazas.
Artículo 28.
Queda prohibido arrojar cualquier tipo de residuos desde los vehículos, ya sea en marcha o
parados.
Artículo 29.
El riego de plantas colocadas en los balcones y terrazas se realizará evitando que el agua
vierta a la vía pública.
Artículo 30.
Queda prohibido el vertido de agua, sobre la vía pública, procedentes de aparatos de
refrigeración teniendo que estar debidamente canalizado.
Artículo 31.
Se prohíbe fijar carteles o anuncios en la vía pública sobre elementos estructurales, postes de
alumbrado, contenedores de residuos, calzadas, aceras, cabinas, mobiliario urbano, fachadas,
muros y paredes. Serán responsables de la infracción además de las personas que coloquen
dichos carteles o anuncios, las personas físicas o jurídicas que promuevan o gestionen la
publicidad y, en su defecto, aquellas anunciadas en dicha publicidad.
Se permite con autorización expresa la fijación de carteles publicitarios y anuncios en los
soportes publicitarios o en los lugares y en las condiciones previamente señaladas por la bajo
CVE:
BOP-2022-3991
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de agosto de 2022
N.º 0161
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