Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2022-3984)
BOP-2022-3984 Ordenanza definitiva Piscina Municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Logrosán
ANUNCIO. Ordenanza definitiva Piscina Municipal.
Aprobada definitivamente la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por entrada a las piscinas
municipales, se hace público el texto íntegro de la misma, de conformidad con los arts. 70.2 de
la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local:
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA A LAS PISCINAS
MUNICIPALES.
I. FUNDAMENTO Y NATURALEZA.
Artículo 1.
En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, y con los articulos 2 y 15 a 19, del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004.
de 5 de marzo; y 20 a 27 y 57 de la misma ley. El Ayuntamiento de Logrosán regula la tasa por
entrada a las Piscinas Municipales, con arreglo a los preceptos de esta Ordenanza Fiscal.
II. HECHO IMPONIBLE.
Artículo 2.
El hecho imponible está determinado por la utilización de las Piscinas y la obligación de
contribuir nacerá desde que la utilización se inicie mediante la entrada al recinto del complejo.
III. SUJETOS PASIVOS.
Artículo 3.
1. Están obligados/as al pago las personas usuarias de las Piscinas.
2. Se establece una bonificación del 100 % de la tasa para las personas discapacitadas que
tengan residencia en la localidad. Esta gratuidad afectará a las personas discapacitadas,
CVE:
BOP-2022-3984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de agosto de 2022
N.º 0161
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