Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2022-3962)
BOP-2022-3962 Bases reguladoras y convocatoria de Ayudas Mínimos Vitales 2022.
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En caso de presentar varias solicitudes en la misma anualidad, no podrá concederse en el
mismo año a la unidad de convivencia importe superior a lo establecido en el párrafo anterior.
Existiendo la partida presupuestaria 0105-23111-48004 consignada para el año 2022 con
53.300€ euros para tal fin (Ayudas para garantizar el acceso a los servicios de suministros
mínimos vitales), cantidad económica subvencionada por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales de la Junta de Extremadura de acuerdo a la Resolución de fecha 22 de Febrero de
2022.
4º.- UNIDAD FAMILIAR.
Se entiende por unidad de convivencia la constituida por el/a solicitante y las demás personas
que convivan en el mismo domicilio, con independencia de la relación de parentesco entre los
convivientes.
Si alguno de los/as miembros de la unidad de convivencia fuera beneficiario/a del bono social
para consumidores/as vulnerables severos/as, se entenderá por unidad de convivencia la
unidad familiar considerada como tal en la normativa reguladora del bono social a los solos
efectos del pago de facturas de suministro eléctrico.
Se entenderá como beneficiario/a de la ayuda a todos/as los/as miembros de la U.F. de
convivencia, si bien sólo podrá ser reconocida a favor de uno de los/as miembros.
Se entiende vivienda habitual aquella que constituya la residencia familiar y sea coincidente
con el domicilio al que se refiere la facturación de suministros.
Se considera que se reside legalmente en la vivienda cuando se está empadronado/a en la
NUMERO DE MIEMBROS CUANTÍA DE LA AYUDA ANUAL
Hasta 2 miembros 750 €
Entre 3 y 4 miembros 850 €
5 o más miembros 950 €
CVE:
BOP-2022-3962
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de agosto de 2022
N.º 0159
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