Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-3943)
BOP-2022-3943 Convenio Ejecución EDAR y Saneamiento Ayuntamiento Peraleda de la Mata.
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Excmo.
Ayuntamiento de
Peraleda de la Mata
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de gestión y recaudación del Consorcio MásMedio para el cobro de la liquidación prac-
ticada y adeudada por el Ayuntamiento serán ejercidas por el Organismo Autónomo
de Recaudación de la Diputación de Cáceres.
El Ayuntamiento de Peraleda de la Mata autoriza al Organismo Autónomo de Recau-
dación y Gestión Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a la
compensación al Consorcio MásMedio, de la deuda municipal que se pudiera derivar
de las obligaciones contraídas, cuya fecha de pago en voluntaria haya vencido, con
cualquiera de las transferencias de fondos que la Administración General del Estado
incluyendo la participación municipal en los Tributos del Estado, la Junta de Extre-
madura o el Consorcio MásMedio tenga que realizar a su favor.
SÉPTIMO. - Duración de la encomienda de gestión del servicio de saneamiento y
depuración de aguas residuales.
La duración del Convenio será de VEINTICINCO (25 años) a contar desde el inicio de la
gestión del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales por parte del
Consorcio MásMedio. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna
de las partes hubiera notificado a la otra su intención de no prorrogarlo, su vigencia
quedará ampliada por otro periodo de igual duración.
OCTAVO. – Comisión Mixta de Seguimiento de las actuaciones.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada por dos
miembros de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte, siendo la
Presidencia o Vicepresidencia del Consorcio quien ejercerá la función de presidente
de la comisión.
En la comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un quinto miembro de la misma
nombrado por el Consorcio MásMedio, que actuará como Secretario.
Esta comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las actividades de
colaboración previstas en el presente convenio, fomentar acuerdos específicos, valo-
rar las tareas realizadas, interpretar el contenido del convenio y resolver las cuestio-
nes litigiosas que puedan surgir.
La Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las
dos administraciones, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones re-
lacionadas con la finalidad perseguida con la firma del presente Convenio.
CVE:
BOP-2022-3943
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de agosto de 2022
N.º 0159
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