Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-3938)
BOP-2022-3938 Bases generales que regulan los procesos especiales de estabilización de empleo temporal mediante concurso-oposición.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el
proceso selectivo.
CUARTA. Admisión de los/as aspirantes.
4.1. Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base correspondiente,
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos que se determinen
en la correspondiente convocatoria.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Diputación o del
OARGT dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes
admitidos/as y excluidos/as.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón
Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, contendrá como anexo único, la
relación nominal de aspirantes admitidos/as y excluidos/as con indicación de las causas de
inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la página web y los lugares en que se
encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y
excluidos.
La identificación de los interesados se realizará cumpliendo con las recomendaciones
previstas en la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía
de los Derechos Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos
competentes aprueben disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición Adicional
séptima.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos
del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo
señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente
excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. de
Cáceres, en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución
elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan
subsanado errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del
comienzo del ejercicio de la fase de oposición.
CVE:
BOP-2022-3938
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de agosto de 2022
N.º 0159
Pág. 16550
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el
proceso selectivo.
CUARTA. Admisión de los/as aspirantes.
4.1. Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base correspondiente,
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos que se determinen
en la correspondiente convocatoria.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Diputación o del
OARGT dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes
admitidos/as y excluidos/as.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón
Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, contendrá como anexo único, la
relación nominal de aspirantes admitidos/as y excluidos/as con indicación de las causas de
inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la página web y los lugares en que se
encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y
excluidos.
La identificación de los interesados se realizará cumpliendo con las recomendaciones
previstas en la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía
de los Derechos Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos
competentes aprueben disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición Adicional
séptima.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos
del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo
señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente
excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. de
Cáceres, en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución
elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan
subsanado errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del
comienzo del ejercicio de la fase de oposición.
CVE:
BOP-2022-3938
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de agosto de 2022
N.º 0159
Pág. 16550