Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-3937)
BOP-2022-3937 Bases generales que regulan los procesos especiales de estabilización de empleo temporal mediante concurso de méritos.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo
señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente
excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P., en el
Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución elevando a
definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado
errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del
ejercicio de la fase de oposición.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30
del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se determina en
los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura,
quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus correspondientes
suplentes:
Presidente/a:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Diputación o del
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y su correspondiente suplente.
Vocales:
Un/a empleado/a público/a, designado por el órgano competente en Administración Local
de la Junta de Extremadura, y su correspondiente suplente.
Dos empleados/as públicos/as, de la Corporación o del Organismo Autónomo de similar
Área funcional y sus correspondientes suplentes.
Secretario/a:
Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto, y su correspondiente suplente.
Los Tribunales de selección serán designados por Resolución Presidencial de la
Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, en las que se concretará las personas integrantes de los Tribunales.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
CVE:
BOP-2022-3937
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de agosto de 2022
N.º 0159
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Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo
señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente
excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P., en el
Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución elevando a
definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado
errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del
ejercicio de la fase de oposición.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30
del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se determina en
los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura,
quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus correspondientes
suplentes:
Presidente/a:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Diputación o del
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y su correspondiente suplente.
Vocales:
Un/a empleado/a público/a, designado por el órgano competente en Administración Local
de la Junta de Extremadura, y su correspondiente suplente.
Dos empleados/as públicos/as, de la Corporación o del Organismo Autónomo de similar
Área funcional y sus correspondientes suplentes.
Secretario/a:
Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto, y su correspondiente suplente.
Los Tribunales de selección serán designados por Resolución Presidencial de la
Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, en las que se concretará las personas integrantes de los Tribunales.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
CVE:
BOP-2022-3937
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de agosto de 2022
N.º 0159
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