Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-3891)
BOP-2022-3891 Bases de la 4ª Convocatoria para la constitución de lista de espera de Personal Docente de Formación para el Empleo (2 especialidades: Cocina y Operaciones Auxiliares de Servicios Administrativos y Generales por estar agotada las listas anteriores).
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PROYECTO: “EFESO”
(Educación y Formación para el Empleo Social)
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres. Área de Formación
C/Doctor Fleming, nº2 – 10.001 CÁCERES
Tlfno: 927.225.400 / proyecto.efeso@ayto-caceres.es
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5
Subfase 3.5. Constitución de lista de espera.
Una vez terminado el proceso de selección se realizará un listado provisional con la prelación de
personas candidatas que hayan superado el proceso, según el orden de puntuación obtenido de mayor a
menor, dándose un plazo de 2 días hábiles para presentar reclamaciones. Atendidas éstas, se publicará el
listado definitivo de la constitución de lista de espera, en el orden de prelación, según las puntuaciones
obtenidas en todo el procedimiento, ordenadas de mayor a menor. Posteriormente se resolverá
constituyéndose la lista de espera por cada una de las especialidades convocadas.
De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel/aquella aspirante
que haya obtenido mayor puntuación en la prueba técnica (proyecto docente) de la fase de selección y de
seguir existiendo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado méritos; y de persistir se
tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el apartado formación de la citada fase. En aplicación
de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en caso
de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a favor de aquella persona cuyo género
estuviera sub-representado en las plazas objeto de la presente convocatoria. De persistir dicho empate se
resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento por el orden de actuación de apellidos
establecido según el sorteo para determinar el orden de actuación en las pruebas selectivas convocadas
por esta Corporación, publicado en el BOP nº 45 de 8 de marzo de 2021, que se corresponde con la letra
“W”. Esto servirá igualmente para el llamamiento de todas las actuaciones que se lleven a cabo con estas
bases de selección.
SEXTA: EQUIPO DE SELECCIÓN.
La composición del equipo de selección será de cinco miembros, compuestos por personal
técnico competente en materia de formación para el empleo del Ayuntamiento de Cáceres o sus
Organismos Autónomos, todos ellos con titulación igual o superior al exigido para el cuerpo, escala o
categoría profesional de que se trate.
El equipo de selección quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y
adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso de selección en
aquellos aspectos no previstos en estas bases, si bien, en todo caso de conformidad a la legislación
vigente. El equipo de selección será publicado en el listado definitivo de personas admitidas y excluidas al
proceso de selección.
En su composición, el equipo de selección tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, resultando dicha constitución de la siguiente forma:
Presidencia:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
Vocales:
Dos empleados/as públicos/as expertos/as en formación designados/as por la Alcaldía. Un/a
empleado/a público/a designado/a por la Junta de Extremadura.
Secretaría:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía, que tendrá voz y voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
Las organizaciones sindicales que formen parte de la mesa de negociación correspondiente
recibirán información sobre el desarrollo del proceso selectivo, pudiendo participar como observadores
en todas las fases y actos del mismo a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y
materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
Copia
electrónica
autentica
de
documento
papel
-
Nº
de
registro
del
:
-
Fecha:
-
CSV:
14157363325330124463
CVE:
BOP-2022-3891
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de agosto de 2022
N.º 0155
Pág. 16231
(Educación y Formación para el Empleo Social)
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres. Área de Formación
C/Doctor Fleming, nº2 – 10.001 CÁCERES
Tlfno: 927.225.400 / proyecto.efeso@ayto-caceres.es
Página
5
Subfase 3.5. Constitución de lista de espera.
Una vez terminado el proceso de selección se realizará un listado provisional con la prelación de
personas candidatas que hayan superado el proceso, según el orden de puntuación obtenido de mayor a
menor, dándose un plazo de 2 días hábiles para presentar reclamaciones. Atendidas éstas, se publicará el
listado definitivo de la constitución de lista de espera, en el orden de prelación, según las puntuaciones
obtenidas en todo el procedimiento, ordenadas de mayor a menor. Posteriormente se resolverá
constituyéndose la lista de espera por cada una de las especialidades convocadas.
De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel/aquella aspirante
que haya obtenido mayor puntuación en la prueba técnica (proyecto docente) de la fase de selección y de
seguir existiendo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado méritos; y de persistir se
tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el apartado formación de la citada fase. En aplicación
de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en caso
de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a favor de aquella persona cuyo género
estuviera sub-representado en las plazas objeto de la presente convocatoria. De persistir dicho empate se
resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento por el orden de actuación de apellidos
establecido según el sorteo para determinar el orden de actuación en las pruebas selectivas convocadas
por esta Corporación, publicado en el BOP nº 45 de 8 de marzo de 2021, que se corresponde con la letra
“W”. Esto servirá igualmente para el llamamiento de todas las actuaciones que se lleven a cabo con estas
bases de selección.
SEXTA: EQUIPO DE SELECCIÓN.
La composición del equipo de selección será de cinco miembros, compuestos por personal
técnico competente en materia de formación para el empleo del Ayuntamiento de Cáceres o sus
Organismos Autónomos, todos ellos con titulación igual o superior al exigido para el cuerpo, escala o
categoría profesional de que se trate.
El equipo de selección quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y
adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso de selección en
aquellos aspectos no previstos en estas bases, si bien, en todo caso de conformidad a la legislación
vigente. El equipo de selección será publicado en el listado definitivo de personas admitidas y excluidas al
proceso de selección.
En su composición, el equipo de selección tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, resultando dicha constitución de la siguiente forma:
Presidencia:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
Vocales:
Dos empleados/as públicos/as expertos/as en formación designados/as por la Alcaldía. Un/a
empleado/a público/a designado/a por la Junta de Extremadura.
Secretaría:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía, que tendrá voz y voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
Las organizaciones sindicales que formen parte de la mesa de negociación correspondiente
recibirán información sobre el desarrollo del proceso selectivo, pudiendo participar como observadores
en todas las fases y actos del mismo a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y
materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
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electrónica
autentica
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papel
-
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registro
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Fecha:
-
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CVE:
BOP-2022-3891
Verificable
en:
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Viernes, 12 de agosto de 2022
N.º 0155
Pág. 16231