Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2022-3882)
BOP-2022-3882 Bases de selección Profesor Aprendizaje a lo largo de la Vida, curso 2022-23
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AYUNTAMIENTO
DE
PERALES DEL PUERTO (CÁCERES)
Avda. Sierra de Gata nº 12 C.P. 10.896 Tfno. 927 514164/514175 Fax 927 514291
SEXTA: COMISIÓN DE SELECCIÓN.
La Comisión de Selección, estará constituido por cinco miembros (el presidente, tres
vocales y el secretario), designados por el Alcalde entre funcionarios de carrera o personal
laboral fijo de cualquier administración pública u organismo a ella vinculado, sin que pueda
nombrarse a personal de elección o de designación política, funcionarios interinos o personal
eventual. El Secretario de la Comisión será el de la Corporación o funcionario en quien delegue.
Todos los miembros de la Comisión tendrán voz y voto. De conformidad con el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, Reglamento General de ingreso del personal al serviciode la
Administración General del Estado la totalidad de los miembros deberá poseer un nivel de
titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Cuerpo o Escala de que se trate.
En calidad de observadores, con voz pero sin voto, podrán estar presentes en los actos que
lleve a cabo la Comisión los representantes de las Organizaciones Sindicales más
representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Podrá del mismo
modo asistir a las reuniones del tribunal el personal técnico que éste considere oportuno.
La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus
miembros, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y del Secretario.
La Comisión resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas
que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación
en los casos no previstos.
La Comisión deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias
previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, notificándolo a la autoridad
convocante. Los aspirantes podrán recusarlos conforme establece la citada ley.
SÉPTIMA: PUBLICACIÓN DE LA BASES.
La convocatoria será expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
OCTAVA: RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES.
Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos desde el
momento de su contratación, al régimen de incompatibilidades vigente. No obstante, los
aspirantes que obtengan plaza en esta convocatoria y tengan algún tipo de incompatibilidad, de
conformidad con la legislación laboral vigente, en base a contratos anteriores, perderán todos
sus derechos.
NOVENA: INCIDENCIAS
La Comisión queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse durante las
pruebas y la selección y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen
desarrollo del proceso selectivo en aquellos aspectos no previstos por estas bases.
Cód.
Validación:
5HGFK4RJ5WYL9SCMPWAN3GNDC
|
Verificación:
https://peralesdelpuerto.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-3882
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de agosto de 2022
N.º 0154
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