Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2022-3876)
BOP-2022-3876 Aprobación definitiva Reglamento Policía Local.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Tercera.- Los artículos 5 y 8 del presente reglamento quedan sin efecto
mientras que el horario de prestación del servicio siga siendo el fijado por la
Corporación, de acuerdo al calendario establecido anualmente en el Acuerdo
de Turnos Coorporación-Funcionarios de Policía con fecha 25/05/2021 . Y
entraran en vigor una vez que sea negociado y consensuado un nuevo
cuadrante con los representantes de los trabajadores
DISPOSICIÓN FINAL
Mediante la firma del presente Reglamento se establece una relación
estatutaria para el correcto funcionamiento del Cuerpo o Plantilla de la Policía
Local de Guadalupe,sirviendo en mismo de regulación de cualquier conflicto
que pudiera derivarse de la relación laboral entre el Ayuntamiento y los/las
miembros del Cuerpo o Plantilla de la Policía Local. Para su modificación o
ampliación requerirá asistencia a mesa negociadora de los/las
representantes legales que firman el actual acuerdo y sin el consenso
adecuado de los/las mismos/as no se podrá derogar, sustituir o reemplazar
ningún término del mismo, además de elevarlo de nuevo al Pleno para su
conformidad y posterior publicación en el BOP de Cáceres de las
correspondientes modificaciones.
LEGISLACIÓN APLICABLE
• Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura
•DOE número. 150, 4 de agosto de 2017. Decreto 107/2017, de 11 de Julio.
• Ley 2/86 de 13 de Marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
-Ley 7/2007 de 12 de Abril del Estatuto Básico del Empleado Público.
•Directiva Europea 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4
Noviembre2003
CVE:
BOP-2022-3876
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de agosto de 2022
N.º 0154
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mientras que el horario de prestación del servicio siga siendo el fijado por la
Corporación, de acuerdo al calendario establecido anualmente en el Acuerdo
de Turnos Coorporación-Funcionarios de Policía con fecha 25/05/2021 . Y
entraran en vigor una vez que sea negociado y consensuado un nuevo
cuadrante con los representantes de los trabajadores
DISPOSICIÓN FINAL
Mediante la firma del presente Reglamento se establece una relación
estatutaria para el correcto funcionamiento del Cuerpo o Plantilla de la Policía
Local de Guadalupe,sirviendo en mismo de regulación de cualquier conflicto
que pudiera derivarse de la relación laboral entre el Ayuntamiento y los/las
miembros del Cuerpo o Plantilla de la Policía Local. Para su modificación o
ampliación requerirá asistencia a mesa negociadora de los/las
representantes legales que firman el actual acuerdo y sin el consenso
adecuado de los/las mismos/as no se podrá derogar, sustituir o reemplazar
ningún término del mismo, además de elevarlo de nuevo al Pleno para su
conformidad y posterior publicación en el BOP de Cáceres de las
correspondientes modificaciones.
LEGISLACIÓN APLICABLE
• Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura
•DOE número. 150, 4 de agosto de 2017. Decreto 107/2017, de 11 de Julio.
• Ley 2/86 de 13 de Marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
-Ley 7/2007 de 12 de Abril del Estatuto Básico del Empleado Público.
•Directiva Europea 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4
Noviembre2003
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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